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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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¿Comprobante fiscal=Estado de cuenta en el 2011?

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15 años 2 meses antes #72361 por calpixqui
Buena tarde foristas

Les comento lo siguiente:

Una persona física del régimen de actividades y profesionales a partir de este año comienza a pagar sus gastos de viaje(gasolina, alimentación y hospedaje) con su tarjeta de debito (hasta que me hizo caso) y resulta que en el estado de cuenta bancario (BANORTE) que le envían cada mes le ponen el siguiente aviso: ESTIMADO CLIENTE, LE RECORDAMOS QUE POR DISPOSICION OFICIAL A PARTIR DE 2011 SU ESTADO DE CUENTA NO ES VALIDO COMO COMPROBANTE FISCAL, SI YA CUENTA CON ENVIO DE ESTADO DE CUENTA ELECTRONICO, USTED RECIBIRA DE FORMA AUTOMATICA SU COMPROBANTE FISCAL DIGITAL, EN CASO CONTRARIO LO LO INVITAMOS A SOLICITARLO EN SU SUCURSAL.

Checando la RMF 2010 encuentro lo siguiente:

I.2.10.19. Estado de cuenta como comprobante fiscal

No obstante los contribuyentes podrán comprobar las erogaciones por las adquisiciones de bienes, por el uso o goce temporal de bienes o la prestación de servicios, con los estados de cuenta originales en los que conste el pago realizado por los medios que señala el artículo 29-C, primer párrafo del CFF sin que se cuente con el documento señalado en la fracción II del mencionado artículo, siempre que se cumpla con lo siguiente:
I. Que se trate únicamente de erogaciones por actos o actividades gravados a la tasa del 11% ó 16%, previstas en los artículos 1 y 2 de la Ley del IVA, según corresponda. (SE CUMPLE ESTE REQUISITO)
II. Que el estado de cuenta original contenga la clave del RFC de quien enajena los bienes, otorga el uso o goce temporal de los bienes o presta el servicio. (SE CUMPLE ESTE REQUISITO)

III. Que registren en su contabilidad, de conformidad con el Reglamento del CFF, las operaciones a que se refiere esta regla que ampare el estado de cuenta. (SE CUMPLE ESTE REQUISITO)

IV. Que vinculen las operaciones registradas en el estado de cuenta directamente con los gastos, las erogaciones por la adquisición de los bienes, por el uso o goce de bienes o por la prestación de servicios, y con las operaciones registradas en su contabilidad, en los términos del artículo 29 del Reglamento del CFF. (SE CUMPLE ESTE REQUISITO)

V. Que conserven el original del estado de cuenta durante el plazo que establece el artículo 30 del CFF. (SE CUMPLE ESTE REQUISITO)

VI. Que cada transacción no rebase el monto de $100,000.00, sin incluir el importe del IVA. (SE CUMPLE ESTE REQUISITO)

Cuando en el estado de cuenta que se emita a los contribuyentes no se señale el importe del IVA trasladado, dicho impuesto se determinará dividiendo el monto de cada operación establecido en el estado de cuenta respecto de las erogaciones efectuadas, entre 1.11 ó 1.16, según se trate de erogaciones afectas a la tasa del 11% ó 16% respectivamente. Si de la operación anterior resultan fracciones de la unidad monetaria, la cantidad se ajustará a la unidad más próxima, tratándose de cantidades terminadas en cincuenta centavos, el ajuste se hará a la unidad inmediata inferior, el resultado obtenido se restará al monto total de la operación y la diferencia será el IVA trasladado.
Para los efectos del artículo 29-C, quinto párrafo del CFF, no se considera que se trasladan impuestos distintos del IVA, cuando el traslado no se efectúe en forma expresa y por separado.
CFF 29-A, 29-C, 30, IVA 1, 2, RCFF 29, 45, 51


Mi duda es ¿en que se basa el banco en decir que el estado de cuenta no es valido a partir de 2011 por disposicion oficial? Y ¿ la regla antes mencionada no tiene valides para 2011? No encuentro el fundamento que me indique que no se pueden deducir o acreditar las erogaciones efectuadas con tarjeta de debito y que esos pagos esten en el estado de cuenta del contribuyente.

Por sus aportaciones mil gracias

Saludos

Nota: ya estuve buscando por el foro y no encontre lo que busco con respecto a mi duda.

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15 años 2 meses antes #72363 por norbertss
ESTA CLARO QUE EL BANCO ESTA TOTALMENTE EQUIVOCADO COLEGA

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15 años 2 meses antes #72365 por Alcala
COMO FUNDAMENTO TIENES EL ART. 29-C CFF Y LA REGLA QUE YA CITASTE, ASI QUE SI ES VALIDO.

SLDS.

Es mejor dar, que recibir.

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15 años 2 meses antes #72370 por CPHugoocejo
Y si lo solicitas vía ELECTRONICA?


saludos

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15 años 2 meses antes #72376 por calpixqui
Buena tarde

Buena observacion CPHugoocejo, pero.......si no solicitara el estado de cuenta electronico de todos modos el estado de cuenta impreso ¿Es valido como comprobante fiscal? :dry:

Ya cheque el art. 29-C del CFF y menciona lo siguiente:

Artículo 29-C. En las transacciones de adquisiciones de bienes, del uso o goce temporal de bienes, o de la prestación de servicios en que se realice el pago mediante cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario, mediante traspasos de cuenta en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, tarjeta de crédito, de débito o de servicio o mediante monedero electrónico, podrá utilizar como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales, el original del estado de cuenta de quien realice el pago citado, siempre que se cumpla lo siguiente:

II. Cuenten con el documento expedido que contenga la clave del registro federal de contribuyentes del enajenante, el prestador del servicio o el otorgante del uso o goce temporal de los bienes; el bien o servicio de que se trate; el precio o contraprestación; la fecha de emisión y, en forma expresa y por separado los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable.

El estado de cuenta original impreso que menciono si ¿se considera comprobante fiscal? ¿o no?

Nota: Es de una cuenta fiscal y tiene impreso el RFC del contribuyente.

Saludos

Agradezco a norbertss, Alcala y CPHugoocejo por sus comentarios.

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