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PAGOS REFECIADOS EN 2010?
- cementero
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15 años 2 meses antes #72470
por cementero
PAGOS REFECIADOS EN 2010? Publicado por cementero
Persona moral obligada al dictamen en mayo 2011 efectuo sus pagos de impuestos con la nueva modalidad de referenciados, en cuanto a las complementarias de 2010 por la revision deauditoria externa hay fundamento para presentar los pagos provisionales complementarios con el esquema anterior?
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- mikecoz81
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15 años 2 meses antes #72474
por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: PAGOS REFECIADOS EN 2010?
Buenas tardes mi estimado!.....
La regla dice que a partir del mes de Abril 2011, si tus pagos fueron del 2010, no estás obligado a utilizar el esquema.
La regla dice que a partir del mes de Abril 2011, si tus pagos fueron del 2010, no estás obligado a utilizar el esquema.
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- CesarM
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- La Muerte y Los Impuestos son Familia....!!!!
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15 años 2 meses antes #72510
por CesarM
Respuesta de CesarM sobre el tema Re: PAGOS REFECIADOS EN 2010?
Buenas tardes,
Estimado Mikecoz81 y Cementero,
Segun el SAT menciona lo siguiente:
A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes:
Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.
Por lo que podemos rectificar que las empresas son oligadas en a partir de mayo, asi mismo todas las obligaciones al respecto seran las que se presenten por periodos correspondientes a la fecha de mayo como es el caso de Abril 2011 y "Subsecuentes" es decir, de 2011 en adelante, por lo que el caso de 2010 es posible que las presentes por el metodo antiguo, sin embargo!!!
Que te causaria presentarlo por este metodo igual??? es decir...!!! si lo hacemos estaremos incumpliendo??? o existe la posibilidad de realizarlo por Pago Referenciado sin perjudicarnos ya que en el sistema del SAT si aparece como ejercicio 2010.
Estimado Mikecoz81 y Cementero,
Segun el SAT menciona lo siguiente:
A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes:
Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.
Por lo que podemos rectificar que las empresas son oligadas en a partir de mayo, asi mismo todas las obligaciones al respecto seran las que se presenten por periodos correspondientes a la fecha de mayo como es el caso de Abril 2011 y "Subsecuentes" es decir, de 2011 en adelante, por lo que el caso de 2010 es posible que las presentes por el metodo antiguo, sin embargo!!!
Que te causaria presentarlo por este metodo igual??? es decir...!!! si lo hacemos estaremos incumpliendo??? o existe la posibilidad de realizarlo por Pago Referenciado sin perjudicarnos ya que en el sistema del SAT si aparece como ejercicio 2010.
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