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RETENCION ASIMILADOS A SALARIOS
- araceligp52
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15 años 2 meses antes #72540
por araceligp52
RETENCION ASIMILADOS A SALARIOS Publicado por araceligp52
HOLA FORISTAS, TENGO UN CASO DE RETENCION DE ASIMILADOS A SALARIOS, A UN ASIMILADO A SALARIOS NO SE LE PAGO ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL Y EN MAYO SE PAGAN LOS CINCO MESES, PARA HACER LA RETENCION DE ISR SE DEBE HACER EN MAYO POR EL TOTAL O SE DEBIO PAGAR MES CON MES LO QUE SE LE HUBIERA RETENDO SI LE HUBIERA PAGADO, ESTO ES PORQUE SI HAGO LA RETENCION EN UN MES POR EL TOTAL RESULTA POR EJEMPLO 10,000.00, PERO SI LO HAGO MES CON MES, RESULTARIAN 5,000.00, ME PUEDEN AYUDAR A RESOLVER ESTA DUDA, Y CUAL ES EL FUNDAMENTO LEGAL, PORQUE EN EL ARTICULO 113 DICE QUE SE HARAN RETENCIONES MENSUALES POR LA TOTALIDAD DE LOS INGRESOS OBTERNIDOS EN UN MES CALENDARIO, PERO NO DICE EN CASO DE QUE NO SE HAYAN PAGADO MES CON MES.GRACIAS Y ESPERO SU AYUDA.
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- mikecoz81
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15 años 2 meses antes #72546
por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: RETENCION ASIMILADOS A SALARIOS
Buenas tardes!......
Como bien mencionas, el cálculo es de acuerdo a los ingresos, obtenidos en el mes.
Es decir, el cálculo se debe de hacer por lo que le pagues en el mes. Si tu le pagarás completo en el mes de Mayo, entonces se calcularán sobre los ingresos que le pagues en el mes de Mayo.
El fundamento, tú misma lo diste, los cálculos son mensuales por los ingresos que le vayas a pagar en el mes.
Saludos.
Como bien mencionas, el cálculo es de acuerdo a los ingresos, obtenidos en el mes.
Es decir, el cálculo se debe de hacer por lo que le pagues en el mes. Si tu le pagarás completo en el mes de Mayo, entonces se calcularán sobre los ingresos que le pagues en el mes de Mayo.
El fundamento, tú misma lo diste, los cálculos son mensuales por los ingresos que le vayas a pagar en el mes.
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- bandido
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15 años 2 meses antes #72547
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: RETENCION ASIMILADOS A SALARIOS
la respuesta la encontraras en el art 148 RISR
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- araceligp52
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15 años 2 meses antes #72548
por araceligp52
Respuesta de araceligp52 sobre el tema Re: RETENCION ASIMILADOS A SALARIOS
Gracias por sus respuestas pero sigo en la duda respecto al Art.148 del RLISR porque en el sat me dicen que este artículo es para los subordinados que reciben salarios y nos les pagan, se acumulan sus sueldos, como es el caso de huelgas, pero para asimilados no aplica, escorrecto?
GRACIAS.
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- araceligp52
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15 años 2 meses antes #72549
por araceligp52
Respuesta de araceligp52 sobre el tema Re: RETENCION ASIMILADOS A SALARIOS
Respecto al Art. 113 de la LISR si yo aplico lo que debi haber pagado en meses anteriores no seria deducible hasta que lo pague pero en cuanto a retención si tengo un contrato de asimilados en el cual estipula que le pagaré por ejemplo 5,000.00 mensuales, entonces sus ingresos son mensuales y debí retener el ISR y enterarlo en los meses correspondientes, bueno ya estoy confundida por favor help me.
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- editor20
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15 años 2 meses antes #72567
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: RETENCION ASIMILADOS A SALARIOS
araceli, ¿bajo cuál concepto del artículo 110 de LISR está hecho el contrato con el asimilado?
El 110 separa claramente a los trabajadores de los demás perceptores de otro tipo de ingresos y que la LISR asimila sólo para efectos del cálculo de la retención por ISR. El artículo 148 del Reglamento se refiere a trabajadores normales y no se refiere a asimilados. Saludos.
El 110 separa claramente a los trabajadores de los demás perceptores de otro tipo de ingresos y que la LISR asimila sólo para efectos del cálculo de la retención por ISR. El artículo 148 del Reglamento se refiere a trabajadores normales y no se refiere a asimilados. Saludos.
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