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Acreditameinto de ide vs pagos prov de is y anual
- sartre
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15 años 1 mes antes #73409
por sartre
Acreditameinto de ide vs pagos prov de is y anual Publicado por sartre
Hola, buenas tardes a todos.
La situacion es esta:
Si acredite ide contra pagos provisionales de isr durante el ejercicio, ese ide acreditado lo puedo acreditar contra el isr anual?
Es decir:
si ya acredite ese ide en pagos provisionales de isr, ya no lo puedo acreditar contra el isr anual, por aquello de que se estuviera duplicando el acreditamiento.
Espero sus comentarios y gracias de antemano.
La situacion es esta:
Si acredite ide contra pagos provisionales de isr durante el ejercicio, ese ide acreditado lo puedo acreditar contra el isr anual?
Es decir:
si ya acredite ese ide en pagos provisionales de isr, ya no lo puedo acreditar contra el isr anual, por aquello de que se estuviera duplicando el acreditamiento.
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- bandido
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15 años 1 mes antes #73410
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: Acreditameinto de ide vs pagos prov de is y anual
el IDE lo acreditas en Papel de trabajo en PP, pero al hacer tu anual te olvidas del IDE acreditado en PP y recalculas tus datos, ya cuando tienes el ISR a cargo en la anual entonces sí aplicas IDE,
en pocas palabras, el IDE acreditado en PP NO se considera como pago de ISR en PP,.
en pocas palabras, el IDE acreditado en PP NO se considera como pago de ISR en PP,.
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- sartre
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15 años 1 mes antes #73419
por sartre
Respuesta de sartre sobre el tema Re: Acreditam. de ide vs pagos prov de isr y anual
Gracias por contestar.
entonces quiere decir, que el ide que acredite en pagos provisionales de isr , lo puedo volver a acreditar en la anual. De acuerdo al Art. 7 Lide
Artículo 7. El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio, salvo que previamente hubiese sido acreditado contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros o compensado contra otras contribuciones federales a su cargo o hubiese sido solicitado en devolución.
entonces quiere decir, que el ide que acredite en pagos provisionales de isr , lo puedo volver a acreditar en la anual. De acuerdo al Art. 7 Lide
Artículo 7. El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio, salvo que previamente hubiese sido acreditado contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros o compensado contra otras contribuciones federales a su cargo o hubiese sido solicitado en devolución.
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15 años 1 mes antes #73480
por sartre
Respuesta de sartre sobre el tema Re: Acreditameinto de ide vs pagos prov de is y anual
Buenos dias a todos.
Le voy a poner numeros.
En todo 2010 acredite Ide por $ 5000 contra isr propio en pagos provisionales.
En la anual se determino un Isr de $ 9000, la pregunta es: puedo acreditar los $5000 de ide que ya acredite en pagos provisionales contra estos $ 9000 de isr anual?
O por el hecho de que dichos $ 5000 ya los acredite en pagos provisionales ya no los puedo acreditar en la anual?
Gracias por sus comentarios.
Le voy a poner numeros.
En todo 2010 acredite Ide por $ 5000 contra isr propio en pagos provisionales.
En la anual se determino un Isr de $ 9000, la pregunta es: puedo acreditar los $5000 de ide que ya acredite en pagos provisionales contra estos $ 9000 de isr anual?
O por el hecho de que dichos $ 5000 ya los acredite en pagos provisionales ya no los puedo acreditar en la anual?
Gracias por sus comentarios.
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- Contribuyente
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15 años 1 mes antes #73486
por Contribuyente
Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: Acreditameinto de ide vs pagos prov de is y anual
Buenos días Sartre:
Veamos si es correcto lo que entendí en los datos proporcionados.
Para ello, va el siguiente ejemplo:
1.- Me resultaron 12 pagos provisionales de ISR que sumados dan $40,000.00
2.- Tengo un IDE acreditable de 12 meses por $12,000.00
3.- Acredité dicho IDE cada mes y pagué la diferencia en efectivo, es decir $28,000.00
Cuando llega la anual me resulta un ISR del ejercicio por $44,250.00, con lo que aplico lo siguiente:
Acredito mis 12 PP de ISR por $40,000.00 y pago $4,250.00 en efectivo y termino
Preguntas si acreditas nuevamente el IDE en la anual y mi respuesta es NO, porque ya lo aplicaste en los pagos provisionales y estos los llevas por su importe total al ISR anual y no únicamente por la cantidad pagada en efectivo. Es decir, tu IDE se convirtió cada mes en ISR, que es lo mejor que le puede pasar, pues resulta más fácilmente aplicable en obligaciones futuras.
Espero no haber agrandado tu duda en lugar de resolverla, pero estoy seguro de lo que te comento.
Hasta luego.
Veamos si es correcto lo que entendí en los datos proporcionados.
Para ello, va el siguiente ejemplo:
1.- Me resultaron 12 pagos provisionales de ISR que sumados dan $40,000.00
2.- Tengo un IDE acreditable de 12 meses por $12,000.00
3.- Acredité dicho IDE cada mes y pagué la diferencia en efectivo, es decir $28,000.00
Cuando llega la anual me resulta un ISR del ejercicio por $44,250.00, con lo que aplico lo siguiente:
Acredito mis 12 PP de ISR por $40,000.00 y pago $4,250.00 en efectivo y termino
Preguntas si acreditas nuevamente el IDE en la anual y mi respuesta es NO, porque ya lo aplicaste en los pagos provisionales y estos los llevas por su importe total al ISR anual y no únicamente por la cantidad pagada en efectivo. Es decir, tu IDE se convirtió cada mes en ISR, que es lo mejor que le puede pasar, pues resulta más fácilmente aplicable en obligaciones futuras.
Espero no haber agrandado tu duda en lugar de resolverla, pero estoy seguro de lo que te comento.
Hasta luego.
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- bandido
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15 años 1 mes antes #73493
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: Acreditameinto de ide vs pagos prov de is y anual
el IDE NO se convierte en pp de ISR, solo te sirve para DISMINUIR tu pago, pero no es todavía considerado como Pago de ISR
En la anual recalculas todos tus importes (sin considerar el IDE), y si te da ISR a cargo, entonces, podrás acreditar IDE
En la anual recalculas todos tus importes (sin considerar el IDE), y si te da ISR a cargo, entonces, podrás acreditar IDE
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