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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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acumula el ingreso en pagos provisionales!!!

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19 años 5 meses antes #7370 por pique
Buenas noches una persona fisica con actividad empresarial enajena un terreno, mi duda es la ganancia q derive de esta venta debe acumularlo para pagos provisionales o hasta la anual se pagaria el impuesto sobre esto, ya no debe aplicar elprocedimiento del capitulo IV TITULO iv ingresos por enajenacion debienes?.......gracias de antemanopor su ayuda saludos

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19 años 5 meses antes #7377 por sosgtorreon
Si desarrolla su actividad empresarial como Regimen General de Ley (Seccion I del Capitulo II del Titulo IV de LISR) o Regimen Intermedio (Seccion II del Capitulo II del Titulo IV de LISR) y siempre que el terreno enajenado este afecto a la actividad empresarial, es decir forme parte de su activo, si se dan dichas condiciones el contribuyente mismo sera el responsable de determinar la ganancia acumulable y por ende acumular la ganacia de la operacion para determinar su propio pago provisional.

En el evento de que realice la actividad empresarial como REPECO el pago provisional lo calcula y entera el fedatario publico ante el que se realice la enajenacion...

Se sugiere ver el 201 del RLISR.

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