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IEPS PERSONA FISICA

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15 años 4 semanas antes #73732 por RARANDA1976
buenas, tardes a Todos

Mi nombre es Roberto Aranda

Me podrian apoyar con un obligacion de una persona fisica es comisionista en TV Azteca en Hacienda se dio de alta con todas las obligaciones de un Regimen Intermedio ISR, IVA, IETU pero dentro de otras esta Presentar la Declaración y pago definitivo mensual del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) por los servicios de telecomunicaciones, ya le pagaron pero TV Azteca le esta haciendo sus facturas por un tercero el cual al dia de hoy no se la han entregado solo le pagaron lo cual con eso hice el calco de IVA, ISR, e IETU pero para IEPS no se si venga desglosado o tenga que pagar algo o alguna declaracion informativa como el DIOT espero me puedan ayudar o a entender si fue error de Hacienda que por mencionarle esta persona que trabajaria en TV Azteca como comisionista se tendria que retener el IEPS o en su caso dar de baja esta obligacion directamente en el SAT o presentarla en Estadisticas en Ceros. Gracias por su apoyo y atencion

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15 años 4 semanas antes - 15 años 4 semanas antes #73745 por CPRSQ
Respuesta de CPRSQ sobre el tema Re: IEPS PERSONA FISICA
Pues mira compañero,

El artículo 18 de la LIVA te dice "Para calcular el impuesto tratándose de prestación de servicios se considerará como valor el total de la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien reciba el servicio por otros impuestos (aquí podríamos decir que iría el IEPS), derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales y cualquier otro concepto"

Entonces un ejemplo de como quedaría la factura conforme a este artículo sería de la siguiente manera...

Total de la contraprestación pactada $1,000.00
(+) IEPS 3% $ 30.00
(=) Base gravable para IVA $1,030.00
(x) Tasa del IVA 16% $ 164.80
(=) Total de la Factura $1,194.80

Entonces la parte del IEPS debería estar integrado con el precio de la servicio...

Por otro lado, las facturas debes pedirlas... recuerda que debes llevar un control de tus ingresos y gastos....

Espero haya sido de ayuda

Saludos,
Última Edición: 15 años 4 semanas antes por CPRSQ.

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15 años 4 semanas antes #73752 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: IEPS PERSONA FISICA
RARANDA1976, supongo que al decir que las facturas se las está elaborando un tercero te refieres al proveedor de CFDI que contrató TVAzteca, empresa la cual obliga a todos sus proveedores a utilizar ese mismo servicio. Si la fecha de vigencia de las facturas resulta posterior al cobro que el intermedio ya hizo, originará la no deducibilidad para TVAzteca. Al momento no tengo acceso a ese criterio, no recuerdo si judicial o del SAT pero posteriormente lo aclaro.

REGLAMENTO DEL LIEPS
Artículo 11. Para los efectos del artículo 17 de la Ley, el comisionista trasladará, en su caso, el impuesto por cuenta del comitente, aplicando al valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto las tasas que correspondan. El comitente considerará a su cargo el impuesto correspondiente a los actos o actividades realizados por su comisionista, sin descontar el valor de la comisión ni los reembolsos de gastos efectuados por cuenta del comitente y otros conceptos.

El comisionista considerará a su cargo el impuesto correspondiente a la comisión pactada, incluyendo los gastos efectuados en nombre y por cuenta del comitente. El comisionista, en este caso, no trasladará al comitente el impuesto correspondiente a la operación realizada.

Sugiero que lo primero que hay que hacer es examinar los términos del Contrato de Comisión Mercantil celebrado entre las partes y dilucidar si el Intermedio está realmente cumpliéndolo a cabalidad. Hace unos meses un colega del SURESTE inició un caso de un REPECO comisionista de Pronósticos Deportivos al que el SAT le atribuyó ser causante de IEPS, cosa que era infundada.
Saludos.

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15 años 3 semanas antes #73760 por RARANDA1976
Respuesta de RARANDA1976 sobre el tema Re: IEPS PERSONA FISICA
BUENOS DIAS A TODOS


GRACIAS POR SU AYUDA ME QUEDO MAS CLARO NO AL 100% PERO CREO SOBRE LA MARCHA LO IRE ENTENDIENDO SOLO UN ULTIMO COMENTARIO EL IEPS SE TIENE QUE PAGAR PORQUE NO ES MIO ES DEL SAT COMO EL IVA, ESTARE EN LO CORRECTO Y CON QUE PUEDO DISMINUIRLO O EN SU CASO TODO SE PAGA NO HAY FORMA DE CONTRARESTARLO COMO EL IVA EN GASTOS IVA QUE COBRO EN MI FACTURA IVA QUE ME COBRAN EN MIS GASTOS ME DA UN SALDO A FAVOR O UN SALDO POR PAGAR, ESPERO ME ALLAN ENTENDIDO. GRACIAS

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