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Duda en actualizacion de perdida en IETU
- cielorojo
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15 años 1 semana antes #74051
por cielorojo
Duda en actualizacion de perdida en IETU Publicado por cielorojo
Hola, Tengo un perdida por exceso de deducciones en IETU del 2008. He utilizado 2 veces en el 2010 fracciones de ese importe. La primera vez que lo acredite lo actualice desde el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se determinó (junio) y el último mes del mismo ejercicio (diciembre), la segunda vez lo actualice desde el mes en el que se actualizó por última vez y hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que lo acredité.. Necesito acreditar de nuevo otra parte de esa perdida el mes de junio de este año, pero no se si se me permita actualizarla de nuevo y todas las veces k yo acredite ese importe hasta agotarlo dentro de los 10 años siguientes. Un operador del SAT me dijo que solo se actualizan esas dos veces, por lo que las siguientes veces debo acreditar sin actualizar el importe. No estoy conforme con ese argumento. Asi que por eso he recurrido a este sitio. SI fueran tan amables de iluminar mi camino, se los agradecere con el alma.
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- editor20
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15 años 1 semana antes #74052
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Duda en actualizacion de perdida en IETU
Si te fijas, es prácticamente el mismo procedimiento para actualizar las pérdidas en ISR que marca el párrafo cuarto del artículo 61 de esa Ley, que lo que te marca el cuarto párrafo del artículo 11 de LIETU, excepto por la variación de un mes en la primera actualización. Lástima que no pudiste esgrimir ese detalle ante el funcionario del SAT para saber si también cree que las pérdidas en ISR solamente se deben actualizar dos veces durante los diez años en que se pueden amortizar. No das el dato de si en 2009 y en 2010 también tuviste pérdida en IETU. Ocupaste dos veces en el año el crédito (artículo
, es decir, puedes ocuparlo 12 veces en los meses (artículo 10), pero toma en cuenta que el cálculo de la actualización es fijo: junio-diciembre de 2008, y si lo ocupas en la anual de 2010 actualizas diciembre 2008 a junio 2010 y ese importe será tu crédito disponible para descontar en la anual 2010. En los meses enero-mayo de 2010 no tienes el INPC de junio, pero ya lo conoces para los meses junio-diciembre de 2010, por lo que es de suponerse que la primera vez que utilizaste el crédito en 2010 fue para un PP de enero a mayo.
La segunda vez que actualizaste el remanente en 2010 para ocuparlo en otro mes que te resultó a cargo lo hiciste de diciembre de 2008 a junio de 2010 por lo que se supone fue un mes de junio a diciembre de 2010.
Y sí puedes actualizar ese remanente, de diciembre de 2010 a junio pasado. Saludos.
, es decir, puedes ocuparlo 12 veces en los meses (artículo 10), pero toma en cuenta que el cálculo de la actualización es fijo: junio-diciembre de 2008, y si lo ocupas en la anual de 2010 actualizas diciembre 2008 a junio 2010 y ese importe será tu crédito disponible para descontar en la anual 2010. En los meses enero-mayo de 2010 no tienes el INPC de junio, pero ya lo conoces para los meses junio-diciembre de 2010, por lo que es de suponerse que la primera vez que utilizaste el crédito en 2010 fue para un PP de enero a mayo.La segunda vez que actualizaste el remanente en 2010 para ocuparlo en otro mes que te resultó a cargo lo hiciste de diciembre de 2008 a junio de 2010 por lo que se supone fue un mes de junio a diciembre de 2010.
Y sí puedes actualizar ese remanente, de diciembre de 2010 a junio pasado. Saludos.
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15 años 1 semana antes #74085
por cielorojo
Respuesta de cielorojo sobre el tema Re: Duda en actualizacion de perdida en IETU
Si, tuve una pequeña perdida en 2009 de $334 pesos y en 2010 fue de $338 pesos. Tu explicacion es muy completa, ya no me queda duda. Me he atrasado en elaborar el P.P. de Junio de 2011 precisamente por esta duda, pues es mi tercer acreditamiento de este monto y por la informacion que recibi del SAT tuve que posponer su presentacion. Agradezco tu valiosa informacion y felicidades a todos los miembros de este portal.
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