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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Energía solar ( Algún beneficio Fiscal)

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14 años 11 meses antes #74657 por Miriam17
Hola:

Buen día a todos, un cliente me comento que quería vender equipo de energia solar, y que el sabía que podían ser deducibles, el no sabe de fiscal, me quedo la duda, si habrá algún tratamiento especial a este tipo de productos?..
Alguien sabra algo de esto?

Gracias

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14 años 11 meses antes #74662 por a_cano
Buena tarde:

Le sugiero analizar la fracción XII, del artículo 40 de la LISR.

Saludos

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14 años 11 meses antes #74664 por Contribuyente
Buenas tardes y saludos a los foristas.

La deducción existe desde hace años para el usuario final que sea contribuyente y lo use como algo indispensable para el desarrollo de su negocio.

Para la persona moral o física que lo comercialice, la deducción es a través del costo o de la compra deducible y, que yo sepa, no tiene ningún beneficio diferente al de cualquier mercancía.

El poder deducir (el usuario final) hasta en un 100% es el atractivo para quien tiene que producir su propia energía eléctrica o calor para diferentes usos (agua caliente es el más común), pero si la venta se hace para una persona que no sea contribuyente, es una simple adquisición de equipo para un mejor estatus familiar.

Hasta luego.

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