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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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calculo art 113 LISR
- julian_d_rdz
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SALUDOS
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- Daniel_Gtz
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BUENA TARDE, TENGO LA SIGUIENTE DUDA SEGUN EL ART 113 DICE QUE LA RETENCION DEL IMPUESTO SE CALCULA APLICANDO LA TABLA DEL MISMO ARTICULO A LA TOTALIDAD DE LOS INGRESOS, Y EN LA MECANICA QUE APLICAMOS TODOS RESTAMOS LOS EXENTOS ALGUEN SABE EL POR QUE?
SALUDOS
Hola...
Yo creo que deberias de leer todo el Titulo IV, para que puedas averiguar a ciencia cierta el motivo...
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- mikecoz81
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Y EN LA MECANICA QUE APLICAMOS TODOS RESTAMOS LOS EXENTOS ALGUEN SABE EL POR QUE?
SALUDOS
Buenas Tardes.
¿¿Que significa Exentos???
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- julian_d_rdz
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- a_cano
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Tienes que hacer una interpretación conjunta de las disposiciones fiscales (Artículos 109 y 113 de la LISR y Artículo 8o. Transitorio de la LISR).
Procedimiento para el cálculo:
Ingreso total del mes
Menos: Ingreso exento (Exenciones del artículo 109 de la LISR).
Igual: Ingreso gravado del mes
Menos: Impuesto local de salarios retenido en el mes (3er párr, art. 113 de la LISR).
Igual: Base para Impuesto del trabajador
Cálculo de la retención aplicando la tarifa del artículo 113 de la LISR
Igual: Impuesto a cargo
Menos: Subsidio para el empleo (Artículo 8o. Fracc. I, del Decreto 1o. oct. 2007).
Igual: Impuesto a retener o diferencia a favor por SPE
Saludos
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