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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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CIERRE DE PM

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14 años 9 meses antes #76017 por FISCAL2010-2011
Buenos Dias Señores Foristas:

Tengo la siguiente duda, una pm quiere cerrar su negocio por cuestiones que ya no es rentable, y me consultan cuanto tiempo el sat despues que se cierre la empresa, puede revisarlo, cabe hacer mencion que dicha pm se ha dictaminado los ultimos 5 años.

Agradeciendo de antemano sus comentarios



Saludos

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14 años 9 meses antes #76036 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: CIERRE DE PM
Artículo 67.- Las facultades de las autoridades fiscales para determinar las contribuciones o
aprovechamientos omitidos y sus accesorios, así como para imponer sanciones por infracciones a las
disposiciones fiscales, se extinguen en el plazo de cinco años contados a partir del día siguiente a aquél
en que:
......
Este extenso artículo es el que debes consultar para tomar solamente lo que te atañe. Estando dictaminado hay menores posibilidades de ser revisado pero no está eximido de ello y además al efectuar la liquidación deben nombrar al responsable de la guarda y custodia así como el domicilio donde permanecerá la documentación por los plazos en los que te ubiques.
Saludos.

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14 años 9 meses antes #76053 por FISCAL2010-2011
Respuesta de FISCAL2010-2011 sobre el tema Re: CIERRE DE PM
Muchas gracias editor20 por tus comentarios :) voy a checar el articulo

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