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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Extranjero trabajando en mexico
- Mario S.
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Ustedes como tarataria a un extranjero que actualmente se encuentra trabajando en mexico
es un estadounidense que esta trabajando en una empresa que es filial de otra americana, para efectos del cff el tiene su residencia aqui ya que la mayor parte del año radica ne mexico.
Pero su ingresos los percibe 100 % de los EU, alla le paga todo su sueldo y le depositan en su cuenta, depues la empresa americana manda una factura con el desglose de los gastso y percepciones de esta perosona, estos se registran aqui como deuda para lo compañia amerccana que despues cuando se liquide la factura se cancelaria.
Esta forma es correcta o debemos de dar de alta a esta persona en mexico, pero a el no le conviene percibir el sueldo de mexico, ya que sus calculos de impuestos los realiza en USA
Alguien podria sugerirme la forma mas adecuda del tratamiento de esta persona ?
de antemano
gracias
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- Smarin
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¿Primero, es residente o no para efectos fiscales en Mexico? Por lo que me dices si lo es, entonces, el debe pagar el ISR en Mexico por todos los ingresos que obtenga, esto en funcion del articulo 1 de la LISR, que dice que estan obligados al pago del impuesto las personas fisicas y morales residentes en Mexico respecto de TODOS SUS INGRESOS CUALQUIERA QUE SEA LA UBICACION DE LA FUENTE DE RIQUEZA DE DONDE PROVENGAN. Esto significa que al ser residente, debe pagar impuestos en Mexico, sin importar quien le pague, donde se lo paguen y porque se lo paguen...
Para estos efectos, debes
Que tal :
Ustedes como tarataria a un extranjero que actualmente se encuentra trabajando en mexico
es un estadounidense que esta trabajando en una empresa que es filial de otra americana, para efectos del cff el tiene su residencia aqui ya que la mayor parte del año radica ne mexico.
Pero su ingresos los percibe 100 % de los EU, alla le paga todo su sueldo y le depositan en su cuenta, depues la empresa americana manda una factura con el desglose de los gastso y percepciones de esta perosona, estos se registran aqui como deuda para lo compañia amerccana que despues cuando se liquide la factura se cancelaria.
Esta forma es correcta o debemos de dar de alta a esta persona en mexico, pero a el no le conviene percibir el sueldo de mexico, ya que sus calculos de impuestos los realiza en USA
Alguien podria sugerirme la forma mas adecuda del tratamiento de esta persona ?
de antemano
gracias
CPC. Mike Morales
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- vank
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Creo que donde puedes tener problema con la factura de la Companía Matriz es en referente a lo establecido el el Artículo 24 fracción V de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 37 de su reglamento ya que se considera importación de servicios
CPC. Mike Morales
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- Mario S.
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