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CARCEL A QUIEN NO PAGUE EL IVA

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14 años 8 meses antes #77368 por lmorales
La Voz de la Frontera
5 de enero de 2012

Por Alejandro Domínguez

La reforma fiscal aprobada por el Congreso federal para el 2012 establece una multa de 70 mil pesos o cárcel por un período de entre tres y cinco años para quienes no hayan pagado su IVA en un período de un año.

La anterior advertencia la lanzó el ex presidente del Colegio Cachanilla de Contadores Públicos, Tomás de la Torre Pérez, al referirse a los recientes cambios dados a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el que han endurecido las penas en contra de los contribuyentes morosos.

En dicha reforma se establece en el Artículo 109 Fracción V del Código Fiscal de la Federación que "sea responsable por omitir presentar por más de doce meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente", o sea, se agrega supuesto de delito fiscal para sancionar a los contribuyentes cuando omitan presentar declaraciones por más de doce meses que tengan el carácter de definitivas.

"El no presentar una declaración definitiva, como las declaraciones del IVA (Impuesto al Valor Agregado) o del IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios) por más de doce meses, ya se va a considerar como delito fiscal directo, inclusive el delito fiscal puede abarcar multa o prisión directamente, contenido en el Artículo 109 del Código Fiscal de la Federación", aseguró el contador público certificado.

El no presentar una declaración de IVA o aquellas declaraciones que exija la autoridad que sean del ejercicio, como son las declaraciones anuales, ya se va a dar la causal de delito fiscal, además aquellos contribuyentes que no hayan presentado su declaración anual por los ejercicios 2010 ó 2011 se les va a aplicar de forma retroactiva.

El ex dirigente de los contadores cachanillas explicó que la reforma va a entrar en vigor a partir del 6 de enero de este año, la multa a la que pueden ser acreedores quienes hayan incumplido con las declaraciones pueden llegar a ser de hasta casi 70 mil pesos, o bien recibir una pena de tres a cinco años de prisión.

La autoridad no ha hecho mucho hincapié en estas reformas, dijo, sin embargo son alarmantes en el sentido de que el contribuyente debe de cumplir, por lo que hace la atenta invitación a que revisen su situación fiscal 2010 y 2011 a efecto de no caer en estos supuestos.

Además, augura que se presentarán muchos recursos jurídicos al respecto.

"Una de las nuevas adecuaciones que se le hicieron a la facturación es como la incursión a marcar el régimen, a si el comprobante es deducible o no, ya estamos obligados que al contribuyente al que le vamos a expedir factura es un contribuyente al cual el comprobante no va a ser deducible o no va a ser acreditable y eso es para que nosotros dentro del mismo comprobante nombremos si el gasto va a ser deducible o no va a ser deducible", señaló.

Todos los contribuyentes que estén obligados a expedir facturación electrónica van a tener que adherirle nuevos conceptos, como son régimen fiscal, marcar un no deducible o no acreditable, para que se considere como un gasto real o un gasto que no va a jugar para efectos fiscales, además de la modalidad del pago, si es en efectivo, cheque o transferencia.

"La autoridad está ejerciendo sus facultades fiscales cabalmente para el contribuyente si se le puede tornar un poco más complicado y puede inclusive ser más costoso, debido a que los proveedores en este tipo de facturas van a cobrar un valor agregado por expedir estos nuevos comprobantes con las nuevas adecuaciones", indicó De la Torre Pérez.

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14 años 8 meses antes #77371 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: CARCEL A QUIEN NO PAGUE EL IVA
"El no presentar una declaración de IVA o aquellas declaraciones que exija la autoridad que sean del ejercicio, como son las declaraciones anuales, ya se va a dar la causal de delito fiscal, además aquellos contribuyentes que no hayan presentado su declaración anual por los ejercicios 2010 ó 2011 se les va a aplicar de forma retroactiva."
No creo que el contador De la Torre haya dicho eso, más bien creo que es error del reportero Domínguez por no usar grabadora y por querer dar el tinte amarillista a la modificación del CFF.
La disposición de la fracción V del 109 de CFF ya tiene muchísimos años en vigor y salvo uno que otro artista y uno que otro empresario no ha habido carretadas de morosos en la cárcel, por lo tanto nunca podrá ser de aplicación retroactiva como dice el párrafo señalado.
Saludos.

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  • fiscalista 1
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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14 años 8 meses antes #77374 por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: CARCEL A QUIEN NO PAGUE EL IVA
multa o prisión directamente?

Importante tema, pero considero que en ese supuesto,si dichas infracciones son determinadas por la misma autoridad al realizar sus facultades de revisión esta debe sujetarse sobre los señalamientos que hacen las fracciones IV, VI del Artículo 48 de dicho Código, es decir en el oficio de observaciones entre otras cosas debe dar oportunidad al contribuyente de CORREGIR SU "SITUACION FISCAL, ya que la infracción grave es dejar de pagar la contribución correspondiente, pero por la multa si es drástica, pero bueno.....



Art.109 C.F.F.
V.Sea responsable por omitir presentar por más de doce meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente.

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