Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

COMPENSACIONES

Más
14 años 7 meses antes #77468 por ANAID
COMPENSACIONES Publicado por ANAID
Hola,

Por favor requiero su apoyo nuevamente en relacion al tema de compensaciones.

Una persona fisica genero un saldo a favor de ISR de 2005 y se presento la declaracion el 30/abr/06

El saldo de ISR 2005 se utilizo en compensacion en un impuesto de Agosto de 2009, pero como el impuesto a cargo es muy grande su utilizo un remanente de IVA a favor de 2007.

El dilema es:
El remanente de IVA de 2007 se actualizo mal, a la fecha ya se rectifico el saldo pero justo se agota contra el impuesto de Agosto de 2009.
El ISR a favor de 2005 ya no alcanzaba para poder cubrir el importe a compensar y se ingreso una compensacion complementaria utilizando un saldo a favor de IVA de 2009

Se puede volver a ingresar un aviso de compensacion complementario 2 en Enero de 2012 para poder volver a reflejar la utilizacion de ese saldo de 2005 o ya se considera que prescribio?

Pongo como un cuadro resumen para plantear mas o menos lo que describi arriba:

AVISO NORMAL - presentado en Septiembre 2009
ISR a cargo Agosto 2009 $ 180,000
Se compensa con:
IVA 2007 $153,000
ISR 2005 $ 27,000

AVISO COMPLEMENTARIO - presentado en Octubre 2011
ISR a cargo Agosto 2009 $ 180,000
Se compensa con:
IVA 2007 $ 130,000
IVA 2009 $ 50,000

¿Procede? COMPLEMENTARIO 2 - para presentarse en enero 2012
ISR a cargo Agosto 2009 $ 180,000
Se compensa con:
IVA 2007 $130,000
ISR 2005 $ 27,000 (a esta fecha se considera como que prescribio? o por ser complementario si aplica?)
IVA 2009 $ 23,000

Gracias y saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 7 meses antes #77482 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: COMPENSACIONES
Magnifica claridad de tu planteamiento (si así fueran todos). Se puede notar que en octubre de 2011 le dijiste al SAT que desechabas la utilización del saldo a favor de ISR de 2005 y que en su lugar compensabas con un saldo a favor de IVA, y como una complementaria sustituye a la original, dejabas a tu favor el saldo de ISR nacido en abril de 2006, no nacido otra vez en octubre de 2011. Por tanto, sin ser yo abogado, creo que en abril de 2011 se cumplieron los 5 años para que pudieras recuperar ese saldo a favor de 2005. Por tanto es muy aventurado pretender que en este mes utilices otra vez ese saldo a favor sobre el que ya no tienes derecho.
Saludos.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 7 meses antes #77489 por Miriam17
Respuesta de Miriam17 sobre el tema Re: COMPENSACIONES
Hola, un saludo...para lo de la prescripciòn se tendria que ver en que fecha se presentò la declaraciòn con saldo a favor de la declraciòn de 2005, recordando que esta es la que determina a parir de presentada el plazo de 5 años

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 7 meses antes #77509 por puma1
Respuesta de puma1 sobre el tema Re: COMPENSACIONES
Saludos editor20 y mirita; por los datos bien aportados por ANAID (no es diana al reves), es visible un "encadenamiento" del segundo aviso complementario de compensación - Ene-12 -) con el aviso original - Sep-09 - aún considerando que en el 1er aviso complementario - Oct-11 - ya no se utilizó el saldo a favor de ISR 2005, por lo que ya hay un antecedente que suspende la prescripción en el 1er aviso complementario (precisamente donde ya no se volvió a utilizar dicho saldo a favor de ISR 2005), todos ellos enlazados por antecedentes recíprocos. Pero permítanme esperar mejores aportaciones que la mia... Saludos.

Familia y Conocimiento.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

  • fiscalista 1
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
Más
14 años 7 meses antes #77513 por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: COMPENSACIONES
En mi opinión no se consumó el acto que debió interrumpir el plazo de la PRESCRIPCION esto en razón de que el aviso de compensación de ese saldo a favor no surtió efecto debido a que se desistió, es decir quedo intocable la gestión de cobro o de comunicar a la autoridad por parte del acreedor a que tenía derecho.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 7 meses antes #77515 por Contribuyente
Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: COMPENSACIONES
Buenas noches foristas.

Esta es mi opinión personal, sujetándome a una mejor y debidamente soportada.

YO si presentaría la Complementaria 2 que cita ANAID, con la finalidad de aprovechar (o al menos intentarlo) el saldo a favor que de otra manera se perdería.

Veamos porqué.

1.- El número de complementarias no está fuera de la legalidad.
2.- El acto que se está sustituyendo (nuevamente) tiene su propia fecha y en el momento al cual corresponde no estaba prescrito el saldo a favor.
3.- Si el SAT no está conforme con esta complementaria 2, se tiene la opción de rehacer la primera complementaria, con lo cual sería la tercera presentada (después de la "normal") y NO COSTARÍA UN SOLO CENTAVO, PUES DE UNA U OTRA FORMA SE TIENE SALDO A FAVOR (Ya sea IVA 2005 o IVA 2009)por lo que no se arriesga dinero, solo trámite.

Acepto aclaración fundamentada que refute la presentada y, en su caso, lo agradeceré porque es la forma de aprender siempre.

Cordiales saludos a los participantes en esta duda.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.804 segundos
Gracias a Foro Kunena