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DIOT PARA GASTOS EN EL EXTRANJERO

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14 años 7 meses antes #78333 por lulu2504
HOLA BUEN DIA A TODOS!! ESPERO ME PUEDAN AUXILIAR.

UNA PERSONA FISICA Q RESIDE AQUI EN MEXICO FUE A ARGENTINA A TRABAJAR PARA UNA EMPRESA DESDE EL MES DE SEP A DIC. LOS GASTOS CORREN POR LA PERSONA FISICA. EL PRIMER PAGO LO REALIZARON A FINALES DE DIC DEPOSITADO EN LA CUENTA DEL CONTRIBUYENTE.

RELACIONE TODOS LOS GASTOS DESDE SEP HASTA DIC, NO TUVO NINGUN OTRO TIPO DE INGRESOS EN TODO ESTE TIEMPO.

ASI Q TOME TODOS LOS GASTOS EN EL EXTRANJERO --CONVERTIDOS A PESOS MEXICANO- Y LOS DISMINUI AL INGRESO, APLIQ LA TABLA Y RESULTA EL ISR Y EL IETU, EL CUAL SE VA A PAGAR -- LA EMPRESA DE ARGENTINA NO DIO NINGUNA CONSTANCIA DE RETENCIO--

A TODO ESTO, TENGO LOS GASTOS EN EL EXTRANJERO, MI DUDA ES COMO PRESENTO LA DIOT!! NO TENGO IVA¡ Y SI NO TENGO IVA NO TENDRIA A PRESENTARLA..

POR FAVOR ALGUIEN PODRIA AUXILIARME

GRACIAS

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14 años 7 meses antes - 14 años 7 meses antes #78335 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: DIOT PARA GASTOS EN EL EXTRANJERO
Buena noche:

De acuerdo con criterio del SAT:

No se deben de reportar las operaciones no objeto de la Ley del IVA (viáticos en el extranjero).

Preguntas y respuestas frecuentes

[...]

9. ¿Se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2010, V.1.1.2.) si no se han tenido operaciones con terceros?

Sí. En tanto tenga registrada la clave de IVA. En éste caso se seleccionará dentro del programa DIOT la opción: “La presenta sin operaciones”.

Fundamento Legal: Artículos 32 primer párrafo, fracción VIII de la LIVA., 32-G del CFF, reglas I.2.1.16., I.5.5.3. y I.5.5.4. de la RMF para 2010 publicada en el DOF el 11 de junio de 2010 y Programa DIOT (2010) V. 1.1.2

P. D. Reglas vigentes: I.5.5.2, I.5.5.3 y II.5.5.2 de la RMF para 2012.

espero haberte ayudado...
Última Edición: 14 años 7 meses antes por a_cano.

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14 años 7 meses antes #78337 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: DIOT PARA GASTOS EN EL EXTRANJERO
lulu2504, la vez anterior que consultaste este mismo caso ¿qué fue lo que se te contestó?
Dices que juntaste todos los gastos, en realidad tienes que específicamente reunir y deducir únicamente lo que te permite el artículo 32, fracción V de LISR, es decir, las erogaciones por transporte, alimentación, hospedaje, renta y kilometraje de vehículos y con los límtes que en ese artículo se establecen.
No puedes deducir los regalitos para la familia ni para los amigos ni tampoco nada de lo que el profesionista haya traído a México como parte de su franquicia de pasajero al amparo de la Ley Aduanera y demás disposiciones correlativas; pero sí puedes deducir algún material consumible que se haya utilizado para el desarrollo del programa de cómputo que se fabricó allá, (si mal no recuerdo de tu anterior consulta).
Saludos.

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14 años 7 meses antes #78362 por lulu2504
Respuesta de lulu2504 sobre el tema Re: DIOT PARA GASTOS EN EL EXTRANJERO
siii!!! gracias por los comentarios!!

la voy a presentar sin movimientos.

y si efectivamente es la persona q fue a hacer un software a argentina y los gastos son solo de comidas y pasajes y hospedajes.

gracias!!!

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