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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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SIEM ........OBLIGATORIO ?

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14 años 7 meses antes #78379 por LOBOZAC
En la constante busqueda del conocimiento DIARIO, me encontre por ahi en una revista algun articulo interesante y que me llamo la atencion CONICIDIR EN ESTE CRITERIO PERSONAL......


LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, para quedar como sigue:

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo Primero

Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de observancia en todo el territorio nacional. Tiene por objeto normar la constitución y funcionamiento de las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo y de las Cámaras de Industria, así como de las Confederaciones que las agrupan.

También tiene por objeto normar al Sistema de Información Empresarial Mexicano.

Artículo 2.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. Estado: la sociedad mexicana que habita el territorio nacional y es regida por un gobierno conformado por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en un Estado de Derecho enmarcado por la Constitución General de la República y las Leyes que se derivan de ella.

II. Secretaría: la Secretaría de Economía.

III. Comerciantes: las personas físicas y morales con actividades empresariales que realicen actividades de comercio, servicios y turismo que se encuentren establecidos y sujetos a un régimen fiscal.

IV. Industriales: las personas físicas y morales con actividades empresariales que realicen actividades
industriales, extractivas, de transformación y sus servicios que se encuentren establecidos y sujetos a un
régimen fiscal.
LEY

ES DECIR, CUANDO LLEGUEN LOS "BOFOS" DE LOS "INSCRIBIDORES" Y LOS AMENACEN CON TONTERIAS DE INSCRIBIRLOS Y DEMAS......SI ESTAN ESTABLECIDOS, .....PERO **"NO ESTAN INSCRITOS AL RFC, ES DECIR, NO TRIBUTAN, O SEA, NO ESTAN SUJETOS A UN REGIMEN FISCAL"**

NO TIENEN PORQUE AFILIARLOS

Y POR ENDE, NO SE LLEVAN UNA LANA

NO ESTOY DEFENDIENDO EL QUE NO SE REGULARICEN EN SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

estoy comentando que , por ejemplo, negocitos como "tienditas de la esquina", DE CUALQUIER GIRO, QUE NO CUMPLAN EL REQUISITO SINE QUA NON, NO ESTAN OBLIGADOS A PERTENECER AL SISTEMA EMPRESARIAL

Bienvenidos comentarios

Saludos

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14 años 7 meses antes #78404 por gaboaranda
Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: SIEM ........OBLIGATORIO ?
Estimado amigo Lobo le echamos mas leña al fuego??


DOF publicado hoy (09/02/2012)
REGLAMENTO DE LA LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES

Artículo 4. Las Confederaciones se conforman con las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo o de Industria respectivas, y podrán adherirse a las mismas las personas físicas o morales legalmente establecidas que tengan como objeto alguno de los que les son propios o análogos, dicha adhesión no les conferirá el carácter de miembro y por tanto carecerán de voto para la toma de decisiones.

CAPÍTULO VII
DEL SIEM


Artículo 35. Es competencia de la Secretaría coordinar el SIEM, como un instrumento del Estado mexicano cuyo propósito es captar, integrar, procesar y suministrar información sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, para un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales.
La operación del SIEM es de interés público y estará a cargo de los operadores autorizados por la Secretaría.

Artículo 36. La información contenida en el SIEM puede ser utilizada, además de lo previsto en el artículo 29 de la Ley, para la promoción de negocios, elaboración de estadísticas o de información de valor agregado.

Artículo 37. Las empresas con registro actualizado en el SIEM podrán tener acceso a programas gubernamentales en los términos y condiciones que se establezcan en la legislación presupuestal aplicable.

Artículo 38. Las instancias administrativas en los niveles federal, estatal y municipal que establezcan la obligatoriedad de contar con el registro en el SIEM para la celebración de trámites administrativos en los términos señalados en el artículo 33, fracción III de la Ley, podrán requerir a las empresas y establecimientos la presentación del comprobante correspondiente.
Las actividades de promoción y difusión del SIEM estarán a cargo de la Secretaría, los operadores y las confederaciones, en forma coordinada, atendiendo al programa que para tal propósito elaboren anualmente los operadores.

Artículo 39. La Secretaría, previa solicitud y acreditados que sean los requisitos del caso, deberá autorizar por escrito a las Cámaras la operación del SIEM.

Artículo 40. Las solicitudes deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y anexar un programa de promoción y difusión del SIEM.

Artículo 41. Las Cámaras interesadas en operar el SIEM deberán satisfacer los requisitos siguientes:
I. Haber dado cumplimiento a las obligaciones que para su operación les impone la Ley;
II. Contar con los recursos humanos y materiales siguientes:
a) Personal especializado en sistemas, con conocimientos suficientes para el manejo de los recursos materiales mencionados en este artículo;
b) Promotores del SIEM certificados en los términos que se establezcan en las Reglas de Operación aplicables, para captar la información y atender a los comerciantes e industriales ubicados en la circunscripción autorizada por la Secretaría.
Los operadores acreditarán a los promotores del SIEM mediante credenciales que serán generadas en los términos que establezcan las Reglas de Operación señaladas;
c) Un equipo de cómputo, con las características que se indiquen en las Reglas de Operación aplicables;
d) Contar con Internet, y
e) Una cuenta de correo electrónico institucional.

Artículo 42. La operación del SIEM, por parte de los operadores, sólo tiene por objeto la prestación de los servicios a los comerciantes e industriales que les correspondan, relativos a la captación, validación, ingreso, actualización, almacenamiento, resguardo, transmisión y difusión, exclusivamente, de la información relativa a los formatos aprobados por la Secretaría para tal efecto, los cuales deberán contener por lo menos la información correspondiente a los datos generales de los comerciantes e industriales, el contacto de negocios, su perfil general, los bienes o servicios que ofrecen y la demanda de los insumos que requieren.
Para efecto del artículo 29 de la Ley, la información que las empresas proporcionen al SIEM se considerará vigente desde la fecha de su registro.

Artículo 43. Las Cámaras podrán integrar directorios para fines de promoción, que contengan entre otros elementos el nombre, denominación o razón social de las empresas registradas en el SIEM, relación de productos y demás datos de interés del sector.

Artículo 44. La Secretaría deberá evaluar integralmente el SIEM con objeto de constatar el desempeño y el grado de cumplimiento que los operadores den a las obligaciones establecidas en la Ley, este Reglamento y las Reglas de Operación, así como a las condiciones previstas en sus autorizaciones.

Artículo 45. Los operadores mantendrán las autorizaciones que para operar el SIEM les haya otorgado la Secretaría, siempre que acrediten ante la misma su operación eficiente.

Artículo 46. La Secretaría aprobará el costo nominal del registro en el SIEM, a través de un acuerdo de carácter general que será publicado en el DOF, considerando los gastos de operación, los cuales podrán sustentarse en los dictámenes técnicos que se considere necesario solicitar a las diferentes autoridades administrativas, instituciones educativas u organismos empresariales.

Como ven??

saludos

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14 años 7 meses antes #78420 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: SIEM ........OBLIGATORIO ?
Soy franco, no le habia dado la lectura y conclusion a que aludes, pero coincido en la hipotesis y posibilidad, de darse el caso, de ubicarse en el supuesto, me parece buena salida para darles en la torre a esas gentes.

Es una situacion en la que como dices se llegan a ubicar cualquier cantidad de negocios micro, igual que negocios de reciente operacion.

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14 años 7 meses antes #78421 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: SIEM ........OBLIGATORIO ?
Buen tema mi estimado Lobozac.


Efectivamente es tal como bien expones, en el sentido de que el numeral señala en forma clara que deben ser establecidos, lo que hace que las gentes se aprovechan de ello para " obtener su aguinaldo anticipado "...


Lo que tambien es importante lo que comenta mi compadre Gabo, donde la misma Ley expone como " opción ", más no en forma obligatoria.......


saludos

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