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DIMM subsidio que correspondio al trabajador
- editor20
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14 años 7 meses antes #78449
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: DIMM subsidio que correspondio al trabajador
Wendy_scarlet, le fue muy bien al trabajador 2 pues de ganar 6,000 mensuales le aumentaron el sueldo hasta 26,000 aproximadamente. Supongo que quieres aplicar la compensación entre trabajadores a cargo y a favor según el quinto párrafo del artículo 116 de LISR:
1.16.1. Diferencias a favor
Si la diferencia resulta ser un saldo a favor del trabajador, el patrón deberá:
b) Compensar los saldos a favor de un trabajador contra las cantidades retenidas a los demás trabajadores, siempre que sean trabajadores que no estén obligados a presentar declaración anual. El patrón recabará la documentación comprobatoria de las cantidades compensadas que haya entregado al trabajador con saldo a favor. Para poder compensar los saldos a favor del ISR de un trabajador contra el ISR retenido de otro trabajador, el patrón deberá cumplir con los siguientes requisitos:
* Que se trate de trabajadores que prestan sus servicios a un mismo patrón y no están obligados a presentar declaración anual.
* Que recabe la documentación comprobatoria de que entregó la cantidad compensada al trabajador con saldo a favor.
Saludos.
1.16.1. Diferencias a favor
Si la diferencia resulta ser un saldo a favor del trabajador, el patrón deberá:
b) Compensar los saldos a favor de un trabajador contra las cantidades retenidas a los demás trabajadores, siempre que sean trabajadores que no estén obligados a presentar declaración anual. El patrón recabará la documentación comprobatoria de las cantidades compensadas que haya entregado al trabajador con saldo a favor. Para poder compensar los saldos a favor del ISR de un trabajador contra el ISR retenido de otro trabajador, el patrón deberá cumplir con los siguientes requisitos:
* Que se trate de trabajadores que prestan sus servicios a un mismo patrón y no están obligados a presentar declaración anual.
* Que recabe la documentación comprobatoria de que entregó la cantidad compensada al trabajador con saldo a favor.
Saludos.
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- Wendy_scarlet
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14 años 7 meses antes #78464
por Wendy_scarlet
Wendy
Respuesta de Wendy_scarlet sobre el tema Re: DIM subsidio que correspondio al trabajador
Exacto editor, eso es lo que quiero hacer aplicar los saldos a favor de unos trabajadores contra otros que tienen saldo a cargo, sí se cumplen con los requisitos que se mencionan en éste artículo. Gracias.
Mi duda principal era si realmente es ese el procedimiento sobretodo en el "subsidio que le correspondió al trabajador", esa parte no me quedaba muy clara si debia aplicarse asi.
A lobo y kike, les agradezco sus comentarios, me enfoqué mas a el tema en cuestión, en lugar de los nombres y el concepto de ISPT asi es como viene en mi programa de nomina, lo puse tal y como aparece para que no hubiera cambio de conceptos. Gracias por sus aclaraciones.
Mi duda principal era si realmente es ese el procedimiento sobretodo en el "subsidio que le correspondió al trabajador", esa parte no me quedaba muy clara si debia aplicarse asi.
A lobo y kike, les agradezco sus comentarios, me enfoqué mas a el tema en cuestión, en lugar de los nombres y el concepto de ISPT asi es como viene en mi programa de nomina, lo puse tal y como aparece para que no hubiera cambio de conceptos. Gracias por sus aclaraciones.
Wendy
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14 años 7 meses antes #78466
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: DIM subsidio que correspondio al trabajador
Mecánica para determinar el ISR anual (Artículo 177 de la LISR)
Concepto
Base del ISR ( - )
Límite inferior ( = )
Excedente del límite inferior ( x )
Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior ( = )
Impuesto marginal ( + )
Cuota fija ( = )
ISR determinado ( - )
Importe total de subsidio para el empleo que le correspondió al trabajador ( = ) A) ISR a cargo (cuando el ISR determinado es mayor que el subsidio para el empleo)
Diferencia ni a cargo ni a favor (cuando el ISR determinado es menor que el subsidio para el empleo
Esto es un recuadro del archivo Taller para Retenedores, emitido no hace mucho por el SAT, al efecto de la presentación de la Declaración Informativa DIM, no se ve bien porque es PDF, (lo subiré a Descargas) y concuerdo contigo en cuanto a la duda acerca del tratamiento que se debe de dar al Subsidio para el Empleo.
En tu caso, según creo, el trabajador cobró siete meses para quedar en el rango de la Tabla de Subsidio de $294.63 mensuales (X siete = $2,062).
Recibió el Subsidio contante y sonante al momento de que se le retiene menor ISR, digamos que "a lo chino", porque es exactamente el mismo efecto que le descuenten al trabajador TODO el ISR que le resulte de la aplicación de la Tarifa y luego el patrón le regrese en mano el importe del Subsidio a que tiene derecho, por eso es que se toma en cuenta el "renglón de la Tarifa del Subsidio que le correspondió". De acuerdo, el trabajador fue un poco "rico" al ganar durante siete meses el salario que un anterior Secretario de Hacienda con nombre de borrego consideró suficiente para una familia (casa, vestido, sustento, educación, esparcimiento, transporte, etc, por eso no ganó).
Hasta allí es justo que reciba subsidio, como ayuda para la sobrevivencia. ¿Pero qué sucede si los otros cinco meses percibió como $26,000 mensuales?
Al ganar más de tres veces más que antes ya no entra a la Tabla de Subsidio que es mensual, pero el cálculo del ISR de las PF es anual, por lo tanto al legislador se le olvidó que en éstos casos debería de existir una Tabla de Subsidio Anual, donde con el actual tope de $7,382.34 los doce meses serían $88,588.08 con derecho al subsidio CERO a cantidad mayor percibida y de allí hacia abajo lo que resulte, por ejemplo en el penúltimo rango de la Tabla de Subsidio, los trabajadores que al año quedaron con ingresos gravados entre $85,366.92 y $88,587.96 les corresponderían $2,611.32 de subsidio anual, y esta cifra es la que se debería de utilizar para el cálculo anual, considerándoles como ISR a cargo si recibieron mayor cantidad durante los 12 meses y como ISR a favor si les faltó recibir hasta ese límite durante todo el año. Así como pienso, tu trabajador 2, con ingresos gravados de $179,482 no tendría anualmente ningún derecho a subsidio, porque si bien durante 7 meses fue más pobre (12 por $6,000=72,000) al final del ejercicio ingresó a su patrimonio $179,482 (entre 12, promedio = $14,957 mensuales) promedio el cual lo sacaría de rango para tener derecho a subsidio mensual.
Pero así no está la Ley.
Saludos.
Concepto
Base del ISR ( - )
Límite inferior ( = )
Excedente del límite inferior ( x )
Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior ( = )
Impuesto marginal ( + )
Cuota fija ( = )
ISR determinado ( - )
Importe total de subsidio para el empleo que le correspondió al trabajador ( = ) A) ISR a cargo (cuando el ISR determinado es mayor que el subsidio para el empleo)
Esto es un recuadro del archivo Taller para Retenedores, emitido no hace mucho por el SAT, al efecto de la presentación de la Declaración Informativa DIM, no se ve bien porque es PDF, (lo subiré a Descargas) y concuerdo contigo en cuanto a la duda acerca del tratamiento que se debe de dar al Subsidio para el Empleo.
En tu caso, según creo, el trabajador cobró siete meses para quedar en el rango de la Tabla de Subsidio de $294.63 mensuales (X siete = $2,062).
Recibió el Subsidio contante y sonante al momento de que se le retiene menor ISR, digamos que "a lo chino", porque es exactamente el mismo efecto que le descuenten al trabajador TODO el ISR que le resulte de la aplicación de la Tarifa y luego el patrón le regrese en mano el importe del Subsidio a que tiene derecho, por eso es que se toma en cuenta el "renglón de la Tarifa del Subsidio que le correspondió". De acuerdo, el trabajador fue un poco "rico" al ganar durante siete meses el salario que un anterior Secretario de Hacienda con nombre de borrego consideró suficiente para una familia (casa, vestido, sustento, educación, esparcimiento, transporte, etc, por eso no ganó).
Hasta allí es justo que reciba subsidio, como ayuda para la sobrevivencia. ¿Pero qué sucede si los otros cinco meses percibió como $26,000 mensuales?
Al ganar más de tres veces más que antes ya no entra a la Tabla de Subsidio que es mensual, pero el cálculo del ISR de las PF es anual, por lo tanto al legislador se le olvidó que en éstos casos debería de existir una Tabla de Subsidio Anual, donde con el actual tope de $7,382.34 los doce meses serían $88,588.08 con derecho al subsidio CERO a cantidad mayor percibida y de allí hacia abajo lo que resulte, por ejemplo en el penúltimo rango de la Tabla de Subsidio, los trabajadores que al año quedaron con ingresos gravados entre $85,366.92 y $88,587.96 les corresponderían $2,611.32 de subsidio anual, y esta cifra es la que se debería de utilizar para el cálculo anual, considerándoles como ISR a cargo si recibieron mayor cantidad durante los 12 meses y como ISR a favor si les faltó recibir hasta ese límite durante todo el año. Así como pienso, tu trabajador 2, con ingresos gravados de $179,482 no tendría anualmente ningún derecho a subsidio, porque si bien durante 7 meses fue más pobre (12 por $6,000=72,000) al final del ejercicio ingresó a su patrimonio $179,482 (entre 12, promedio = $14,957 mensuales) promedio el cual lo sacaría de rango para tener derecho a subsidio mensual.
Pero así no está la Ley.
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- Wendy_scarlet
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14 años 7 meses antes #78484
por Wendy_scarlet
Wendy
Respuesta de Wendy_scarlet sobre el tema Re: DIM subsidio que correspondio al trabajador
Muchas gracias editor, con sus respuestas y el archivo que subiste me quedó bastante claro, creo yo, respecto al subsidio, pues estoy de acuerdo contigo, creo que el monto anual que obtuvo éste trabajador no era para obtener dicho subsidio, pero ni modo, como que no se da mucho eso de que las leyes sean muy justas. jiji
Saludos
Saludos
Wendy
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- fiscalista 1
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14 años 6 meses antes #78503
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: DIMM subsidio que correspondio al trabajador
CASO 2
Ingresos acumulables $ 179,482
ISR tarifa anual 25,028
Subsidio que correspondió s/tablas 2,062 (éste subsidio se generó antes de un aumento de sueldo que tuvo a medio año)
ISR Anual 22,966
ISPT retenido al año 24,181
Diferencia a favor 1,215
Exacto , eso es lo que quiero hacer aplicar los saldos a favor de unos trabajadores contra otros que tienen saldo a cargo, sí se cumplen con los requisitos que se mencionan en éste artículo. Gracias.
Ahora al determinar mi impuesto neto anual sería
Diferencia a cargo caso 1 $ 1,336
- Diferencia a favor caso 2 $ 1,215(Entregada a los tabajadores y recabado la documentación) Impuesto a cargo $ 121
Esto es correcto? Gracias.
Ingresos acumulables $ 179,482
ISR tarifa anual 25,028
Subsidio que correspondió s/tablas 2,062 (éste subsidio se generó antes de un aumento de sueldo que tuvo a medio año)
ISR Anual 22,966
ISPT retenido al año 24,181
Diferencia a favor 1,215
Exacto , eso es lo que quiero hacer aplicar los saldos a favor de unos trabajadores contra otros que tienen saldo a cargo, sí se cumplen con los requisitos que se mencionan en éste artículo. Gracias.
Ahora al determinar mi impuesto neto anual sería
Diferencia a cargo caso 1 $ 1,336
- Diferencia a favor caso 2 $ 1,215(Entregada a los tabajadores y recabado la documentación) Impuesto a cargo $ 121
Esto es correcto? Gracias.
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