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pago referenciado arrendador

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14 años 6 meses antes #78982 por gabby19
Esto viene en la pagina del sat.

"Si percibe ingresos por arrendamiento o por actividades profesionales y el año anterior excedieron de 415,150.00 pesos, o si percibe ingresos por actividades empresariales y el año anterior fueron mayores a 2,421,720.00 pesos."


Por lo que intenté acceder a pagos referenciados para realizar los de una persona fisica arrendador con ingresos superiores a lo 600,000 y me sale lo siguiente:
Señor Contribuyente, su usuario aún no se encuentra habilitado para operar la funcionalidad de Declaraciones y Pagos.
Aceptar

puedo presentarlo como lo venía haciendo o por pago referenciado???
gracias por sus comentarios

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14 años 6 meses antes #78985 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: pago referenciado arrendador
Ya que viste la página del SAT hubieras abierto la pestaña de Pago Referenciado para ver quienes están obligados a declarar mensualmente bajo ese sistema y como verás tu PF arrendador no está obligada.
Saludos.

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14 años 6 meses antes #78988 por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: pago referenciado arrendador
Buen día!.............

creo que no leiste completo, ya que:

Contribuyentes que se incorporan en 2012

Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos los siguientes contribuyentes:

A partir de febrero del 2012 todas las personas morales para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero del 2012 y subsecuentes.

Son solo morales.

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14 años 6 meses antes #78992 por gabby19
Respuesta de gabby19 sobre el tema Re: pago referenciado arrendador
gracias
por los comentarios

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14 años 6 meses antes - 14 años 6 meses antes #79023 por Alberto_2010
Respuesta de Alberto_2010 sobre el tema Re: pago referenciado arrendador
Hola buen día,

Si bien es cierto que el SAT en su sitio web publico lo siguiente:

..."Las personas morales así como las personas físicas que se mencionan a continuación deben hacer el pago con la línea de captura (pago referenciado) mediante transferencia electrónica de fondos desde el portal de su banco.

a. Si percibe ingresos por arrendamiento o por actividades profesionales y el año anterior excedieron de 415,150.00 pesos.

b. Si percibe ingresos por actividades empresariales y el año anterior fueron mayores a 2,421,720.00 pesos...


Tambien es cierto que el mismo SAT en reiteradas veces ha mencionado que mediante su portal web la forma en que los contribuyentes se iran incorporando a este esquema de pagos electronicos, por lo que dentro de su mismo portal incorporo en este 2012 a partir de febrero a TODAS las personas morales:

Contribuyentes que se incorporan en 2012

Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos los siguientes contribuyentes:

A partir de febrero del 2012 todas las personas morales para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero del 2012 y subsecuentes.

Contribuyentes que se incorporaron en 2011 y 2009.

Antes de utilizar los canales de atención consulte las Principales preguntas y respuestas que se encuentran en esta página para resolver sus dudas.


Asi que no te preocupes, puedes realizar tus pagos de la forma tradicional como lo venias haciendo durante 2012.

Saludos cordiales.

MSN: ase_fiscal_contable@hotmail.com
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Última Edición: 14 años 6 meses antes por Alberto_2010. Razón: Formato de texto

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