Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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CONSIDERAR PARA AJSUTE ANUAL POR INFLACION

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14 años 6 meses antes #79275 por CPUBLICO
BUEN DIA DISCULPEN CON UNA DUDA RESPECTO AL ART. 47 ULTIMO PARRAFO

Para los efectos de este artículo, los saldos a favor por contribuciones únicamente se considerarán créditos a partir del día siguiente a aquél en el que se presente la declaración correspondiente y hasta la fecha en la que se compensen, se acrediten o se reciba su devolución, según se trate.


MI SITUACION ES LA SIGUIENTE EN MARZO DE ESTE AÑO 2012 SE VA A PRESENTAR COMPLEMENTARIA DE IVA A FAVOR CORRESPONDIENTE A MARZO Y ABRIL DE 2011, DETERMINADO UN SALDO A FAVOR EN LA ANUAL .

LA DUDA ES SI ESTE CREDITO JUEGA PARA EL AÑO 2011 O 2012 HACIENDO MENCION QUE EN EL ART. ANTES MENCIONADO MENCIONA SOBRE:
créditos a partir del día siguiente a aquél en el que se presente la declaración correspondiente y hasta la fecha en la que se compensen, se acrediten o se reciba su devolución, según se trate.


GRACIAS

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14 años 6 meses antes #79293 por G-Ornelas
tema repetido, la respuesta esta en el otro tema que abriste

saludos

El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...

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