Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

DEDUCCION DE GASOLINA CON TARJETA DE EDENRED

Más
14 años 4 meses antes #80252 por COVARRUVIAS
Hola a todos he leido ya algunas entradas sobre el tema de la deduccion de la gasolina para vehiculos de la empresa y sabemos que va en proporcion de los famosos $175,000 y el costo del automovil en cuestion... pero... asi mismo lei tambien un post en donde dice que en la pagina del SAT aparecen terceros autorizados para emitir monederos electronicos los cuales si se hace la compra de gasolina sera 100% deducible ingrese a la pagina de Edenred y dice que cuenta del SAT para deducir los gastos del combustible al 100%.
www.edenred.mx/nuestraoferta/Pages/TicketCar.aspx . Mi pregunta es contratando estos servicios, efectivamene deduzco el 100% y me olvido de la proporcion? GRACIAS por su atencion!

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 4 meses antes #80263 por LOBOZAC
Si......... Y......no
El siguiente usuario dijo gracias: COVARRUVIAS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 4 meses antes #80278 por aura1983
Hola Covarrubias Efectivamente puedes hacer deducible el 100% de tu combustible con los monederos electronicos que estan autorizados en el SAT como los de Efectivale te anexo la liga para que puedas descargar la presentacion y ver más informacion al respecto.

Saludos

www.efectivale.com.mx/valegasolina/regis...e89c65b0821e4c253999
El siguiente usuario dijo gracias: COVARRUVIAS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 4 meses antes #80283 por fiscalista 1
Si es legal la utilización de los monederos electrónicos para el caso en cuestión pero debe considerarse el límite señalado en la última oración de la fracción II del Artículo 32 en relación a la fracción II del Artículo 42 , de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
El siguiente usuario dijo gracias: COVARRUVIAS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 4 meses antes #80306 por Contribuyente
Buenas tardes.

Las empresas comerciales que indican en este post, no autorizan a que deduzcan la gasolina, sino la LISR.

Cuando en su propaganda indican que el combustible será 100% deducible de impuestos, cometen al menos dos errores:

1.- Ellos no saben si el vehículo es 100% deducible de ingresos, así que no pueden saber tampoco si la deducción será al 100% de todos los gastos, ya no digamos de los combustibles.

2.- Los gastos no son deducibles de impuestos. Son deducibles de los Ingresos, para obtener una utilidad que es la que causa impuestos. Aquí si afecta el llamado "orden de los factores", así que como sugerencia diría que para lo fiscal se refieran a las leyes fiscales y no a la propagando o promociones comerciales.

La respuesta más concreta y precisa fué la de LOBOZAC, con su característica parquedad promotora de investigar que quiso decir consultando las leyes de la materia que resulten aplicables.

La respuesta mas precisa se las da fiscalista 1, por razón de que los dirige al ordenamiento legal aplicable.

Finalizando, sugiero que les hagan caso y revisen porque uno dice si y no, y porqué el otro indica los artículos e incisos concretos para efectos del ISR y LOS APLIQUEN, evitando caer en errores porque alguien dice o escribe que (en este caso) sus combustibles son ¡¡¡¡¡¡¡¡deducibles al 100% de impuestos¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡

Saludos cordiales a los participantes y para quien expone su duda se que le resultará muy útil lo que los compañeros citados le indican.
El siguiente usuario dijo gracias: COVARRUVIAS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
14 años 4 meses antes #80312 por COVARRUVIAS
Gracias a todos y a cada una de las respuestas, las he leido todas y meditado, que efectivamente me ha quedado comprendido. Saludos y gracias nuevamente.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.323 segundos
Gracias a Foro Kunena