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EROGACIONES PAG X TERCEROS SON DEDUCIBLES?
- MIAraceli
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14 años 4 meses antes - 14 años 4 meses antes #80548
por MIAraceli
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EROGACIONES PAG X TERCEROS SON DEDUCIBLES? Publicado por MIAraceli
BUENAS TARDES:
TENGO UNA DUDA, EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS ESTA ASEGURANDO UN AUTO HONDA CIVIC 2011 CON GNP, (X BENEFICIOS HONDA)
EL PROBLEMA AQUI ES, ME ESTAN EXPIDIENDO UN COMPROBANTE FISCAL DE GNP A NOMBRE DE LA EMPRESA, PERO HAY QUE DEPOSITAR O REALIZAR TRANSFERENCIA A GRUPO NACIONAL PROVINCIAL SAB.
ENTONCES TENDRIA UN EGRESO APLICADO A ELITE MOTORS (AGENCIA) DONDE EN TRANSFERENCIA APARECERIA SU RFC DE PAGO A ELLA, Y UN SOPORTE DE DICHO PAGO UN COMPROBANTE DE GNP.
ESTA EROGACION ES DEDUCIBLE?
AGRADEZCO SUS COMENTARIOS
TENGO UNA DUDA, EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS ESTA ASEGURANDO UN AUTO HONDA CIVIC 2011 CON GNP, (X BENEFICIOS HONDA)
EL PROBLEMA AQUI ES, ME ESTAN EXPIDIENDO UN COMPROBANTE FISCAL DE GNP A NOMBRE DE LA EMPRESA, PERO HAY QUE DEPOSITAR O REALIZAR TRANSFERENCIA A GRUPO NACIONAL PROVINCIAL SAB.
ENTONCES TENDRIA UN EGRESO APLICADO A ELITE MOTORS (AGENCIA) DONDE EN TRANSFERENCIA APARECERIA SU RFC DE PAGO A ELLA, Y UN SOPORTE DE DICHO PAGO UN COMPROBANTE DE GNP.
ESTA EROGACION ES DEDUCIBLE?
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Última Edición: 14 años 4 meses antes por MIAraceli.
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14 años 4 meses antes - 14 años 4 meses antes #80618
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: EROGACIONES PAG X TERCEROS SON DEDUCIBLES?
De acuerdo a como se dan este tipo de caso si es deducible .
Pero no le entiendo su planteamiento.
1.- Expide el comprobante fiscal GNP a nombre de la empresa.(GRUPO NACIONAL PROVINCIAL)
2.- Hay que pagarle a GRUPO NACIONAL PROVINCIAL SAB.(correcto)
3.- Tendrá un egreso aplicado a ELITE MOTORS y un comprobante de pago de GNP.
La verdad perdón pero que enredo, por eso cuando los agarra el SAT aunque esté bien soportado se los echan abajo todo, aclare por favor.
Pero no le entiendo su planteamiento.
1.- Expide el comprobante fiscal GNP a nombre de la empresa.(GRUPO NACIONAL PROVINCIAL)
2.- Hay que pagarle a GRUPO NACIONAL PROVINCIAL SAB.(correcto)
3.- Tendrá un egreso aplicado a ELITE MOTORS y un comprobante de pago de GNP.
La verdad perdón pero que enredo, por eso cuando los agarra el SAT aunque esté bien soportado se los echan abajo todo, aclare por favor.
Última Edición: 14 años 4 meses antes por fiscalista 1.
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14 años 4 meses antes #80638
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: EROGACIONES PAG X TERCEROS SON DEDUCIBLES?
Jajajajajajajajaja
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14 años 4 meses antes #80664
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: EROGACIONES PAG X TERCEROS SON DEDUCIBLES?
Hola matcoil.
Espero su aclaración.
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- MIAraceli
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14 años 4 meses antes #80953
por MIAraceli
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Respuesta de MIAraceli sobre el tema Re: EROGACIONES PAG X TERCEROS SON DEDUCIBLES?
Se supone, que el departamento de Recursos Humanos hizo una negocacion con la aGencia de autos quien asegura todos los autos que vende con un precio preferencial y mejores servicios.
Lamentablemente se tiene que pagar directamente en la Agencia, y todo mundo lo unico que dice es que asi esta conveniado GNP con Elite Motors y que a todo mundo se le hace asi, que simplemente te dan un recibo de caja.
En resumen:
Mi coche queda asegurado
La poliza de seguro y factura la expide GNP
El pago se entrega transferencia a Elite Motors.
Nunca habia visto algo similar, es la primera vez que tengo que realizar un pago a una persona para que me extienda el comprobante otra.
Lamentablemente se tiene que pagar directamente en la Agencia, y todo mundo lo unico que dice es que asi esta conveniado GNP con Elite Motors y que a todo mundo se le hace asi, que simplemente te dan un recibo de caja.
En resumen:
Mi coche queda asegurado
La poliza de seguro y factura la expide GNP
El pago se entrega transferencia a Elite Motors.
Nunca habia visto algo similar, es la primera vez que tengo que realizar un pago a una persona para que me extienda el comprobante otra.
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14 años 4 meses antes #80960
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: EROGACIONES PAG X TERCEROS SON DEDUCIBLES?
Buena tarde:
En relación con el tema, me permito transcribir la Regla I.2.8.3.1.3., publicada en la RMF para 2012, relacionada con la forma de proceder para la recuperación de las erogaciones realizadas por cuenta de terceros:
Pago de erogaciones por cuenta de terceros
I.2.8.3.1.3. Para los efectos de los artículos 29-B, fracción III del CFF, así como 20, fracción IX y 106, sexto párrafo de la Ley del ISR y 35 de su Reglamento, los contribuyentes que paguen por cuenta de terceros las contraprestaciones por los bienes o servicios proporcionados a dichos terceros y posteriormente recuperen las erogaciones realizadas, deberán proceder de la siguiente manera:
I. Los comprobantes fiscales deberán cumplir los requisitos del artículo 29-A del CFF, así como con la clave del RFC del tercero por quien efectuó la erogación.
II. Los terceros, en su caso, tendrán derecho al acreditamiento del IVA en los términos de la Ley de dicho impuesto y su Reglamento.
III. El contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero no podrá acreditar cantidad alguna el IVA que los proveedores de bienes y prestadores de servicios trasladen.
A solicitud del contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero, los proveedores de bienes y prestadores de servicios podrán anotar en los comprobantes fiscales que expidan, después de la clave del RFC del tercero, la leyenda "por conducto de (clave del RFC del contribuyente que realice la operación)".
IV. El reintegro a las erogaciones realizadas por cuenta de terceros deberá hacerse con cheque nominativo a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa sin cambiar los importes consignados en el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios, es decir por el valor total incluyendo el IVA que en su caso hubiera sido trasladado.
Independientemente de la obligación del contribuyente que realiza el pago por cuenta del tercero de expedir comprobantes fiscales por las contraprestaciones que cobren a los terceros, deberán entregar a los mismos el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios.
CFF 29, 29-A, 29-B, LISR 20, 106, RLISR 35
Saludos
En relación con el tema, me permito transcribir la Regla I.2.8.3.1.3., publicada en la RMF para 2012, relacionada con la forma de proceder para la recuperación de las erogaciones realizadas por cuenta de terceros:
Pago de erogaciones por cuenta de terceros
I.2.8.3.1.3. Para los efectos de los artículos 29-B, fracción III del CFF, así como 20, fracción IX y 106, sexto párrafo de la Ley del ISR y 35 de su Reglamento, los contribuyentes que paguen por cuenta de terceros las contraprestaciones por los bienes o servicios proporcionados a dichos terceros y posteriormente recuperen las erogaciones realizadas, deberán proceder de la siguiente manera:
I. Los comprobantes fiscales deberán cumplir los requisitos del artículo 29-A del CFF, así como con la clave del RFC del tercero por quien efectuó la erogación.
II. Los terceros, en su caso, tendrán derecho al acreditamiento del IVA en los términos de la Ley de dicho impuesto y su Reglamento.
III. El contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero no podrá acreditar cantidad alguna el IVA que los proveedores de bienes y prestadores de servicios trasladen.
A solicitud del contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero, los proveedores de bienes y prestadores de servicios podrán anotar en los comprobantes fiscales que expidan, después de la clave del RFC del tercero, la leyenda "por conducto de (clave del RFC del contribuyente que realice la operación)".
IV. El reintegro a las erogaciones realizadas por cuenta de terceros deberá hacerse con cheque nominativo a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa sin cambiar los importes consignados en el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios, es decir por el valor total incluyendo el IVA que en su caso hubiera sido trasladado.
Independientemente de la obligación del contribuyente que realiza el pago por cuenta del tercero de expedir comprobantes fiscales por las contraprestaciones que cobren a los terceros, deberán entregar a los mismos el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios.
CFF 29, 29-A, 29-B, LISR 20, 106, RLISR 35
Saludos
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