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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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RETENCION YA REALIZADA SUELDOS?
- LOBOZAC
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CONTRIBUYENTE QUE TIENE INGRESOS POR SALARIOS Y POR INTERMEDIO
RECIBE SU CONSTANCIA 37 DONDE SE PLASMAN ENTRE OTROS E MONTO DE RETENCIONES EFECTUADOS DURANTE EL 2006
AL ANOTAR EN EL DECLARASAT TODOS SUS DATOS Y OBTENER EL RESULTADO DE IMPUESTOS A PAGAR, RESULTAN 300 PESOS
**PERO**, ME ENTREGA UNA HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA DONDE LABORA EN DONDE SE LE INDICA QUE " DE CONFORMIDAD AL ART 116 DE LISR, LA ENTIDAD ESTA OBLIGADA A ELABORAR EL CALCULO DEL IMPUESTO ANUAL DE CADA PERSONA QUE LE HUBIERE PRESTADO SERVISIOS PERSONALES SUBORDINADOS. LA DIFERENCIA QUE RESULTE A CARGO ...LA ENTIDAD ESTA OBLIGADA A ENTERARLO ANTE EL SAT EN EL MES DE FEBRERO, EL CUAL YA SE REALIZO"
CONCRETO;
TENGO LA CONSTANCIA 37 QUE MENCIONA POR EJEMPLO 25000 DE RETENCIONES DURANTE EL AÑO
TENGO ESA HOJA DONDE SE MENCIONA LO ANTERIOR Y SE LE "RETIENE" **APARTE** DE LA CANTIDAD MENCIONADA 500 APOX......LA CUAL SE LA VAN A DESCONTAR EN 10 QUINCENAS, PERO AL EMPRESA EN RAZON DE LA LEYENDA ANTERIOR , YA ENTERO AL SAT
A LA PERSONA LE SALE IMPUESTO A PAGAR DE , POR EJM 500
EXISTE ALGUN FUNDAMENTO PARA PODER DESCONTAR ESA "RETENCION" EXTRAORDINARIA CONTRA EL ISR DE SUELDOS DEL TRABAJADOR ?
O QUE ONDA, YA QUE ESA CANTIDAD (LOS 500) SE LA VAN A "RETENER" Y A ENTERAR.....O SOLICITAMOS UNA "MINI" CONSTANCIA DE RETENCIONES POR ESOS 500 ?
EL PENDEJAZO ES DE LA EMPRESA Y NO ES JUSTO QUE PAGUE ISR TENIENDO MANERA DE DESCONTAR ESA CANTIDAD
COMO VEN ?
SALUDOS
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- sosgtorreon
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Es un hecho que por este trabajador no estaban obligados a elaborar el calculo anual, tal y como lo indican en la circular o memorandum que le hicieron llegar a sus trabajadores...
Ahora bien, el empleado-empresario debe presentar su anual en forma individual, acumulando los ingresos de ambos Capitulos, determinando un solo ISR y disminuyendo su subsidio anual con el NO acreditable del Capitulo de sueldos... al diferencial a cargo le debe descontar los pagos provisionales que haya realizado como "intermedio" y las retenciones que su patron le haya realizado, seran las retenciones que se consignen en su constancia, solo esas... los otros 500.00 que se mencionan en la hoja membretada no los podra acreditar si no hasta la anual del ejercicio 2007, dado que se le retienen en este año y se supone deben incluirselos en la constancia de percepciones y retenciones de este año...
Si bien, es evidente que hay un error por parte de la empresa, es un hecho que el trabajador-empresario debe presentar su anual, en la que por la acumulacion de ingresos de Capitulos diversos es altamente probable exista ISR a cargo... sujetandose a lo que si tiene de acreditamientos comprobables, como lo son sus declaraciones de pagos provisionales realizados como Intermedio y sus retenciones por sueldos consignadas conforme a la constancia... Igual le conviene a este trabajador imprimir el texto de Ley del 117-III,a). para regalarle un tanto a la empresa...
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- Daniel_Gtz
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- No es lo mismo dame, que ayudame.
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en la constancia de sueldos y salarios debe de decir la siguiente leyenda:
“Se declara bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha XX/XX/2007 y a la que le correspondió el número de folio o de operación XXXXXXX así mismo SI ( ) o NO ( ) se realizo el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR”
Si realizaron el calculo anual, ya no lo puedes incluir en su declaracion. Ahora bien, la empresa esta obligada a presentar la "declaracion de sueldos y salarios" del trabajador cuando sus ingresos son menores a $400,000.00, a menos de que le hubiera presentado el escrito donde el trabajdor indica que el la hara por su medio.
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- LOBOZAC
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- LOBOZAC
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Hola...
en la constancia de sueldos y salarios debe de decir la siguiente leyenda:
“Se declara bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha XX/XX/2007 y a la que le correspondió el número de folio o de operación XXXXXXX así mismo SI ( ) o NO ( ) se realizo el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR”
Si realizaron el calculo anual, ya no lo puedes incluir en su declaracion. Ahora bien, la empresa esta obligada a presentar la "declaracion de sueldos y salarios" del trabajador cuando sus ingresos son menores a $400,000.00, a menos de que le hubiera presentado el escrito donde el trabajdor indica que el la hara por su medio.
GRACIAS DANIEL POR TU PARTICIPACION, PERO NO DESEO SALIRME DEL TEMA
LA CUESTION ES QUE EXISTE UNA CONSTANCIA DE RETENCIONES, ........Y UN "PAPEL" CON MAS RETENCIONES QUE " SE PUEDEN" HACER VALER PARA EVITAR QUE PAGUE IMPUESTOS........ESTO ULTMO ES DE LO QUE ESTOY ESPERANDO OPINIONES Y FUNDAMENTOS........PERO POR LO QUE VEO, "GRACIAS" AL PENDEJAZO DE LA "PSEUDOCONTADORA" DE DICONSA ZACATECAS......MI CLIENTE ASALARIADO-EMPRESARIO YA BAILO...........
CARAJO COMO LA PENDEJEAMOS MUCHAS VECES POR NO ACTUALIZARNOS Y NO ESTUDIAR.......ESTOY POR IR A DARLE UNA VISITADITA CON LEY EN LA MANO A ESA "CONTADORA" PARA "LEERLE LA CARTILLA" A VER QUE FUNDAMENTOS ME TIENE
GRACIAS POR SUS OPINIONES
SALUDOS
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