- Mensajes: 62
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS CON TASA 0%
- APRENDIZ84
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
Menos
Más
14 años 3 meses antes #81504
por APRENDIZ84
SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS CON TASA 0% Publicado por APRENDIZ84
BUENAS TARDES
TENGO UNA CONFUNSION SOBRE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE GENERAN TASA 0%
EL ARTICULO 2A COMENTA UNA SERIE DE PRODUCTOS QUE ESTAN GRAVADOS AL 0%
PERO SOBRE LOS SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS ??? EN ESTE CASO ME REFIERO A MALTEADAS
UN PARRAFO QUE COMENTA SOBRE
POLVOS PARA PREPERAR BEBIDAS AHI PODRIA ENTRAR???
SOLICITE ASISTENCIA EN EL SAT Y DESPUES DE VARIOS INTENTOS Y DE TRANSLADARME
AL AREA ESPECIALIZADA ME COMENTA QUE SON AL 16% LE PIDO FUNDAMENTO Y ME DICE QUE
NO EXISTE NINGUN TEMA FISCAL EN CUANTO A SUMPLEMENTOS

PERO COMO ES, ENTONCES QUE A EMPRESAS GRANDES COMO HERBALIFE LES ESTAN DETECTANDO EL
PAGO DEL IVA INCLUSIVE DE AÑOS ANTERIORES
PODRIAN EXPONER SUS OPINIONES POR FAVOR SE LOS AGRADECERIA MUCHO
TENGO UNA CONFUNSION SOBRE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE GENERAN TASA 0%
EL ARTICULO 2A COMENTA UNA SERIE DE PRODUCTOS QUE ESTAN GRAVADOS AL 0%
PERO SOBRE LOS SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS ??? EN ESTE CASO ME REFIERO A MALTEADAS
UN PARRAFO QUE COMENTA SOBRE
POLVOS PARA PREPERAR BEBIDAS AHI PODRIA ENTRAR???
SOLICITE ASISTENCIA EN EL SAT Y DESPUES DE VARIOS INTENTOS Y DE TRANSLADARME
AL AREA ESPECIALIZADA ME COMENTA QUE SON AL 16% LE PIDO FUNDAMENTO Y ME DICE QUE
NO EXISTE NINGUN TEMA FISCAL EN CUANTO A SUMPLEMENTOS
PERO COMO ES, ENTONCES QUE A EMPRESAS GRANDES COMO HERBALIFE LES ESTAN DETECTANDO EL
PAGO DEL IVA INCLUSIVE DE AÑOS ANTERIORES
PODRIAN EXPONER SUS OPINIONES POR FAVOR SE LOS AGRADECERIA MUCHO
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- fiscalista 1
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 688
- Gracias recibidas: 0
14 años 3 meses antes #81513
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS CON TASA 0%
Hola APARRENDIZ84.
Ojala pudiera ayudar en describir qué es un suplementos alimenticios?.
Gracias
Ojala pudiera ayudar en describir qué es un suplementos alimenticios?.
Gracias
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alcala
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 168
- Gracias recibidas: 0
14 años 3 meses antes #81515
por Alcala
Es mejor dar, que recibir.
Respuesta de Alcala sobre el tema Re: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS CON TASA 0%
Es verdad, hacen falta mas datos, es necesario comente que es exactamente lo que vende y con que productos los prepara, para poder ubicarlo en las leyes o decretos.
Saludos.
Saludos.
Es mejor dar, que recibir.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- a_cano
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 2139
- Gracias recibidas: 0
14 años 3 meses antes #81516
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS CON TASA 0%
Buena tarde:
Me permito transcribir criterio normativo del SAT, extraído de la Compilación de Criterios Normativos en materia de comercio exterior y aduanal Boletín 2010:
58/2010/LIVA Suplementos alimenticios. No se consideran como productos destinados a la alimentación para los efectos de los artículos 2-A, fracción I, inciso b) y 25, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
La finalidad de los suplementos alimenticios es incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir algunos de sus componentes, pudiendo ser incluso elaborados a base de alimentos tradicionales.
En efecto, los suplementos alimenticios están elaborados con una mezcla de productos de diversa naturaleza (químicos, hierbas, extractos naturales, vitaminas, minerales, etc.) cuya finalidad consiste en otorgarle al cuerpo componentes en niveles superiores a los que obtiene de una alimentación tradicional, siendo su ingesta opcional y en ocasiones contienen advertencias, limitantes o contraindicaciones respecto a su uso o consumo.
Aunado a ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto a la razón que llevó al legislador a hacer un distingo entre productos destinados a la alimentación y los demás, para efectos de establecer excepciones y tasas diferenciadas de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en el sentido de que el trato diferencial obedece a finalidades extrafiscales como coadyuvar al sistema alimentario mexicano y proteger a los sectores sociales menos favorecidos.
Por lo tanto, para efectos de los artículos 2-A, fracción I, inciso b) y 25, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los suplementos alimenticios no se consideran como productos destinados a la alimentación, por lo que no están sujetos a la tasa del 0% en su enajenación, ni exentos en su importación.
Énfasis añadido.
Saludos
Me permito transcribir criterio normativo del SAT, extraído de la Compilación de Criterios Normativos en materia de comercio exterior y aduanal Boletín 2010:
58/2010/LIVA Suplementos alimenticios. No se consideran como productos destinados a la alimentación para los efectos de los artículos 2-A, fracción I, inciso b) y 25, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
La finalidad de los suplementos alimenticios es incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir algunos de sus componentes, pudiendo ser incluso elaborados a base de alimentos tradicionales.
En efecto, los suplementos alimenticios están elaborados con una mezcla de productos de diversa naturaleza (químicos, hierbas, extractos naturales, vitaminas, minerales, etc.) cuya finalidad consiste en otorgarle al cuerpo componentes en niveles superiores a los que obtiene de una alimentación tradicional, siendo su ingesta opcional y en ocasiones contienen advertencias, limitantes o contraindicaciones respecto a su uso o consumo.
Aunado a ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto a la razón que llevó al legislador a hacer un distingo entre productos destinados a la alimentación y los demás, para efectos de establecer excepciones y tasas diferenciadas de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en el sentido de que el trato diferencial obedece a finalidades extrafiscales como coadyuvar al sistema alimentario mexicano y proteger a los sectores sociales menos favorecidos.
Por lo tanto, para efectos de los artículos 2-A, fracción I, inciso b) y 25, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los suplementos alimenticios no se consideran como productos destinados a la alimentación, por lo que no están sujetos a la tasa del 0% en su enajenación, ni exentos en su importación.
Énfasis añadido.
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- fiscalista 1
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 688
- Gracias recibidas: 0
14 años 3 meses antes #81517
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS CON TASA 0%
maestro a_cano.
Totalmente de acuerdo con ud, me ganó la inserción del criterio, pero es lo bueno de contar con profesionales como ud.
Saludos
Totalmente de acuerdo con ud, me ganó la inserción del criterio, pero es lo bueno de contar con profesionales como ud.
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alcala
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 168
- Gracias recibidas: 0
14 años 3 meses antes #81521
por Alcala
Es mejor dar, que recibir.
Respuesta de Alcala sobre el tema Re: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS CON TASA 0%
Hola, el autor del topico se esta refiriendo malteadas, considero al igual que uds. que estas malteadas no estan a tasa 0, sino a tasa 16.
El art. 215 de la ley de salud, nos da el concepto de alimento:
•Artículo 215. .- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
I.Alimento: cualquier substancia o producto, sólido o semisólido, natural o transformado, que proporcione al organismo elementos para su nutrición;
Vemos que la definicion de alimento contiene 2 requisitos:
1.- Que sean solidos o semisolidos y;
2.- Que sean nutritivos.
Por lo tanto una malteada, considero que no reune los 2 requisitos, seran nutritivas pero no solidas, por lo tanto no son alimentos y de acuerdo a la LIVA aRT. 2-A b) LIVA, no esta gravada a la tasa 0, sino a la tasa 16.
Sin embargo, derivado de esta controversia se emitio un decreto el 19-07-2006, el cual da un estimulo fiscal en una cantidad equivalente al 100% del IVA, DICHO DECRETO FUE SUSTITUIDO POR EL DECRETO DEL 30-03-2012 en su articulo 3.2, vale la pena que el autor del topico lea este decreto.
Sin embargo es necesario saber que ingredientes contiene para saber si es objeto del decreto mencionado.
Saludos
El art. 215 de la ley de salud, nos da el concepto de alimento:
•Artículo 215. .- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
I.Alimento: cualquier substancia o producto, sólido o semisólido, natural o transformado, que proporcione al organismo elementos para su nutrición;
Vemos que la definicion de alimento contiene 2 requisitos:
1.- Que sean solidos o semisolidos y;
2.- Que sean nutritivos.
Por lo tanto una malteada, considero que no reune los 2 requisitos, seran nutritivas pero no solidas, por lo tanto no son alimentos y de acuerdo a la LIVA aRT. 2-A b) LIVA, no esta gravada a la tasa 0, sino a la tasa 16.
Sin embargo, derivado de esta controversia se emitio un decreto el 19-07-2006, el cual da un estimulo fiscal en una cantidad equivalente al 100% del IVA, DICHO DECRETO FUE SUSTITUIDO POR EL DECRETO DEL 30-03-2012 en su articulo 3.2, vale la pena que el autor del topico lea este decreto.
Sin embargo es necesario saber que ingredientes contiene para saber si es objeto del decreto mencionado.
Saludos
Es mejor dar, que recibir.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.501 segundos