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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Comision bancaria
- fega
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Tengo una duda una persona fisica regimen intermedio, respecto a una comisión bancaria que cargo el banco en el mes de marzo de este año, pero al mes de junio se la abono al cliente ya que era improcedente su cargo...
Para efectos contables y fiscales
Se cargo a comision bancaria 500
iva acreditable 800
bancos 580
y se mando la declaracion de operaciones con terceros con esas cifras....
ahora que hacer en el mes de junio para efectos contables y fiscales?
Saludos!
FEGA
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- a_cano
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Mi estimado, en junio se podría abonar a otros ingresos e IVA por pagar (causado).
Saludos
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- fega
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y lo tomaria
bancos 580.00
Otros ingresos 500.00
iva trasladado 80.00
Lo que quiere decir hacer la contrapartida como ya acredite un gasto que no debería por error del banco ahora se tomaría como ingreso.
Estoy en lo correcto?
Saludos!
FEGA
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- a_cano
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fega escribió: Gracias a_cano, en este caso no habra que poner "en rojo" para efectos contables la comisión bancaria a lo que entiendo
y lo tomaria
bancos 580.00
Otros ingresos 500.00
iva trasladado 80.00
Lo que quiere decir hacer la contrapartida como ya acredite un gasto que no debería por error del banco ahora se tomaría como ingreso.
Estoy en lo correcto?
Saludos!
Buen día:
Mi estimado, es correcto...
Saludos
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- fiscalista 1
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En muchas empresas encuentro con este tipo de situaciones y lo que hacen "INCORRECTAMENTE" es abonar a gastos y abonar al IVA ACREDITABLE, siendo que es una RECUPERACION DE GASTOS, obvio es un INGRESO y un IVA COBRADO; pero si la devolución fuera en el mismo mes no hay problema.
Saludos
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