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NOTA DE CREDITO
- MARIOAL
- Autor del tema
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13 años 11 meses antes #83969
por MARIOAL
NOTA DE CREDITO Publicado por MARIOAL
Buenas Tardes, espero alguien pueda ayudarme con la siguiente duda, en cuanto a los comprobantes fiscales, para realizar una nota de crédito ya sea por descuento o devolución, esta se debera hacer electronicamente, o pueden seguir usando si la empresa cuenta con notas de crédito impresas, y otra duda es por ejemplo si yo hiciera una nota de crédito de manera electronica, tomaria un folio de los que yo compre con mi pac autorizado?. y solo al momento de emitir mi nota de crédito pues se especificaria que es para ese fin, espero haberme entendido, muchas gracias por sus aportaciones,
saludos,
saludos,
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- kikeleal
- Fuera de línea
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13 años 11 meses antes - 13 años 11 meses antes #83987
por kikeleal
La vida es el mejor regalo en vida que DIOS nos da!
Saludos!
Respuesta de kikeleal sobre el tema Re: NOTA DE CREDITO
buenos dias:
CFF
"Artículo 29. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por
los actos o actividades que realicen o por los ingresos que se perciban, los contribuyentes deberán
emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración
Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal o reciban servicios
deberán solicitar el comprobante fiscal digital respectivo."
...............................................
si hay que emitir un comprobante electronico.
Efectivamente debes "timbarla" a traves de tu PAC, y efectivametne debe especificarse que el comprobante es una nota de credito....ahi deberas revisar las opciones que te da tu proveedor para poder emitir este comprobante.
ssaludos!
saludos!
CFF
"Artículo 29. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por
los actos o actividades que realicen o por los ingresos que se perciban, los contribuyentes deberán
emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración
Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal o reciban servicios
deberán solicitar el comprobante fiscal digital respectivo."
...............................................
si hay que emitir un comprobante electronico.
Efectivamente debes "timbarla" a traves de tu PAC, y efectivametne debe especificarse que el comprobante es una nota de credito....ahi deberas revisar las opciones que te da tu proveedor para poder emitir este comprobante.
ssaludos!
saludos!
La vida es el mejor regalo en vida que DIOS nos da!
Saludos!
Última Edición: 13 años 11 meses antes por kikeleal.
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- G-Ornelas
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13 años 11 meses antes #84001
por G-Ornelas
El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...
Respuesta de G-Ornelas sobre el tema Re: NOTA DE CREDITO
"..., o pueden seguir usando si la empresa cuenta con notas de crédito impresas"
puedes seguir utilizandolas hasta que se te agote o termine su vigencia
saludos
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- bandido
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13 años 11 meses antes #84081
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: NOTA DE CREDITO
una nota de crédito es una deducción autorizada para tí, si es que eres PM, si ya estás utilizando cfd o cfdi y todavía tienes las impresas del año 2010, sugiero que NO las utilices, puesto que es probable que esté vencida, puedes utilizar cfd o cfdi segun sea tu caso para emitir notas de crédito, no importa que la factura original se haya emitido en comprobantes con el esquema anterior
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- jaimez
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13 años 11 meses antes #84089
por jaimez
Respuesta de jaimez sobre el tema Re: NOTA DE CREDITO
Buenas tardes.
Ya quedo claro que si debes emitir comprobante fiscal.
Recuerda que en este momento (al 19/09/2012) tienes 3 tipos de comprobantes fiscales: facturas impresas (o notas de credito en tu caso), CBB y CFDI.
si no quieres aumentar tu flujo de operaciones con el PAC, puedes optar por expedir Notas de credito con CBB, ya que aunque tuvieras impresas, estas dejaran de tener vigencia maximo al 31 de diciembre de 2012 (ya que la ultima fecha en la que se autorizaron comprobantes impresos fue el 31 de diciembre de 2010).
Anexo un documento a este respecto.
Saludos
CP Jaime Zuñiga Romero
Ya quedo claro que si debes emitir comprobante fiscal.
Recuerda que en este momento (al 19/09/2012) tienes 3 tipos de comprobantes fiscales: facturas impresas (o notas de credito en tu caso), CBB y CFDI.
si no quieres aumentar tu flujo de operaciones con el PAC, puedes optar por expedir Notas de credito con CBB, ya que aunque tuvieras impresas, estas dejaran de tener vigencia maximo al 31 de diciembre de 2012 (ya que la ultima fecha en la que se autorizaron comprobantes impresos fue el 31 de diciembre de 2010).
Anexo un documento a este respecto.
Saludos
CP Jaime Zuñiga Romero
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