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duda en registro de facturas
- mikecoz81
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dimy escribió: me dijeron que con respecto a lo contable a ellos no les afecta en una revision que lo importante es lo fiscal y que los gastos se deducen hasta que efectivamente se cobran asi que no afectan para nada que los mantenga en clientes y acreedores respectivamente
Buenas tardes!.........
Pregunta ¿también el flujo aplica también para ISR?
Luego de responder esa pregunta, ¿que harás?
saludos.
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- dimy
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tienes toda la razon el isr es un mecanismo diferente
en fin lo mio no es por comodidad sino porque acabo de empezar a trabajar ahi y resulta que les abonan semanalmente cierta cantidad igual cada semana algunas veces en dolares y otras en pesos pero no el total de las facturas asi que no saben ni con que tipo de cambio se las pagaron
ni con exactitud cuando
ahora qu estoy ahi tendre el cuidado lo malo es que llevan un año de atraso y haty que cuadrar la verdad ni estados de cuenta tenian , los pedi al banco y por ahi veo una luz para desenmarañar esto
ahhhh y curiosamente los clientes no tienen un estado de cuenta mio confiable que barbaridad
pero pienso mandar las facturas a clientes al tc de la factura y los abonos a bonarlos al tipo de cambio de la transferencia bancaria segun estado de cuenta sin preocuparme porque facturas estan pagando lo malo es que nisiquiera se que clientes abonaron estoy enroscada en fin esto es un reto ponerlo al corriente.
muchas gracias
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- luzmaleons
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Gracias nuevamente por acudir a mi "SOS", y distraer tu valioso tiempo. Y además perdón por no haber formulado mi propia pregunta, y haber tomado la de Dimmy como muleta, para conseguir ayuda.
Saludos
Luz Ma
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En ISR insistir, de la lectura de los artículos 17 y 18 de LISR debes llegar a la conclusión obligada del momento correcto de acumulación, que por el tipo de descripción que has hecho del contribuyente cualquiera podemos intuir todo apunta a que en materia de ISR DEBES ACUMULAR AL FACTURAR. Sin importar el momento de cobro. Pero lo que interesa es la conclusión a la que tú llegas. ¿Nos la compartes?
A mi ver y entender debes contabilizar al momento de facturar, es decir, facturas con fecha de diciembre se contabilizan en diciembre, inciden como bien señalas en el Ajuste por Inflación, la contabilidad es contabilidad, lo fiscal yo en lo personal lo manejo en papeles de trabajo. Toda vez que indicas manejas operaciones en moneda extranjera sugiero visites el mensaje que se le comento a Luz Ma., te va a resultar de provecho.
Por cierto, Luz Ma., debo confesarle que hasta rojo me puse al leer sus palabras de gratitud para con este su humilde servidor, siempre resulta placentero ver respuestas como las suyas, en las que se agradece y se presentan disculpas en forma amable y educada.
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- dimy
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la verdad trabaje en una industria pero los departamentos estaban muy divididos y no tengo mucha experiencia en personas morales, mi experiencia es en personas fisicas, comerciales etc y me surgen muchas dudas sobre todo con la anual de isr (el ietu iva y diot no le encuentro diferencia) lo bueno es que mi jefe lo sabe y como trabaje con el cuando era persona fisica insiste en arriesgarse a que le llebve su contablilidad claro que necesitare asesoria.
muchas gracias por este espacio y su apoyo
mi mayor duda ahora es sobre el costo de ventas y su obligacion de llevar inventarios eso me tiene con dolor de cabeza
gracias
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- dimy
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muchissimas gracias, ahorami duda que pasa con las deducciones el trato es igual ? el gasto se deduce cuandos e conoce?
gracias otra vez
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