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RAZON SOCIAL ABREVIADO

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13 años 10 meses antes #85178 por Edgardo26
QUE TAL, AMIGOS FORISTAS,,,
MI PREGUNTA: ¿ES DEDUCIBLE UN COMPROBANTE SI LA RAZON SOCIAL ESTA ABREVIADA?

FUNDAMENTO????

MUCHAS GRACIAS,,,,SALUDOS

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13 años 10 meses antes #85179 por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: RAZON SOCIAL ABREVIADO
Buenas tardes!.............

Mi estimado, que te parece si tú plasmas el fundamento que te obliga a que el nombre o razón social sea requisito.


Saludos.

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13 años 10 meses antes - 13 años 10 meses antes #85180 por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: RAZON SOCIAL ABREVIADO
La "RESPUESTA" es "si" si cumple con los demás requisitos exgidos por las disposiciones fiscales vigentes, Artículos 29-A C.F.F., 31 L.I.S.R.,.................


En lo personal para efectos "MERCANTILES" es indispensable, y no está demás anotarlo.






Saludos
Última Edición: 13 años 10 meses antes por fiscalista 1.
El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz

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13 años 10 meses antes #85197 por jamendoz
Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: RAZON SOCIAL ABREVIADO

mikecoz81 escribió: Buenas tardes!.............

Mi estimado, que te parece si tú plasmas el fundamento que te obliga a que el nombre o razón social sea requisito.


Saludos.


mi estimado mike

si esta preguntando es que lo desconoce, si lo supiera no preguntaria, no repreguntemos solo como costumbre.

muchas gracias

saludos


cp jose antonio mendoza p

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13 años 10 meses antes #85199 por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: RAZON SOCIAL ABREVIADO

jamendoz escribió:

mikecoz81 escribió: Buenas tardes!.............

Mi estimado, que te parece si tú plasmas el fundamento que te obliga a que el nombre o razón social sea requisito.


Saludos.


mi estimado mike

si esta preguntando es que lo desconoce, si lo supiera no preguntaria, no repreguntemos solo como costumbre.

muchas gracias


Buenas tardes!......................

Yo lo que capté que está preguntando es si por falta del nombre puede hacerlo deducible, es decir, el "sabe" que un requisito es el nombre (por eso pregunta que pasa si no está completo el nombre), por lo que el "sabe que el nombre es un requisito, que diga por que lo sabe.

Y la razón, por la cual hice la pregunta, es para que lea y busque el fundamento, pero para la próxima mejor no digo nada, no me gusta dar todo peladito y a la boca.

Hay se ven.

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13 años 10 meses antes #85204 por jamendoz
Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: RAZON SOCIAL ABREVIADO
art 29 a, ya no es requisito el nombre solo el rfc, fiscalmente hablando, como dice bien saul, comercialmente es lo indicado

saludos


cp jose antonio mendoza p

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