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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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PANTALLA PLANA CON TV Y DEDUCCIÓN PARA ISR

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13 años 8 meses antes #86118 por reyescc62
Estimados Colegas foristas, les hago la siguiente consulta: es factible y de ser así cuál sería el fundamento legal, para que una persona física con actividad empresarial, pueda deducir el costo de adquisición de una pantalla plana con tv y entrada para laptop, a utilizar para dar cursos y conferencias?; en ese caso, esa deducción sería directamente por el costo de dicho bien, o tendría que considerarse como activo fijo?; de ser como activo fijo, se incluiría en el rubro de equipo de oficina ó en el de equipo de cómputo?. De antemano gracias y saludos.

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13 años 8 meses antes #86119 por LOBOZAC
Artículo 125. correlativo al 31, 172...y demás

Que te mencionan estos articulos de LISR ?, aseguro que ya los leiste

Saludos

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13 años 8 meses antes #86120 por reyescc62
Gracias Lobozac, les releeó para quitarme las dudas.

Saludos.

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Gracias a Foro Kunena