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Ayuda Persona Fisica Regimen INtermedio
- caperuso
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13 años 6 meses antes #87216
por caperuso
Ayuda Persona Fisica Regimen INtermedio Publicado por caperuso
Buenas tardes
Una persona Fisica del Regimen Intermedio Rebasa Ya sus ingresos esta facturando mas10millones pesos para cambiarlo en el SAT A Persona fisica Con Actividad Empresaria?
Ya lo busque en la pagina del SAT con sus claves y nada mas tiene cambio de domicilio,suspencion actividades,aumeto y disminucion de obligaciones
Si alguien del Foro me pueda ayudar. el giro del negocio es el mismo nada mas que ya aumento sus ingresos
Gracias
Una persona Fisica del Regimen Intermedio Rebasa Ya sus ingresos esta facturando mas10millones pesos para cambiarlo en el SAT A Persona fisica Con Actividad Empresaria?
Ya lo busque en la pagina del SAT con sus claves y nada mas tiene cambio de domicilio,suspencion actividades,aumeto y disminucion de obligaciones
Si alguien del Foro me pueda ayudar. el giro del negocio es el mismo nada mas que ya aumento sus ingresos
Gracias
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- HIMARSILV
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13 años 6 meses antes #87217
por HIMARSILV
Respuesta de HIMARSILV sobre el tema Re: Ayuda Persona Fisica Regimen INtermedio
no esta muy claro el planteamiento de que es lo que necesitas, pero por lo que entendi, quieres hacer un aumento de obligaciones.
Entra a MI PORTAL con sus credenciales y llena el cuestionario para el aumento de obligaciones y lo puedas pasar a Act emp y prof
Entra a MI PORTAL con sus credenciales y llena el cuestionario para el aumento de obligaciones y lo puedas pasar a Act emp y prof
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- LOBOZAC
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13 años 6 meses antes #87218
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Ayuda Persona Fisica Regimen INtermedio
LISR
SECCIÓN II
DEL RÉGIMEN INTERMEDIO DE LAS PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Artículo 134. Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00, aplicarán las disposiciones de la Sección I de este Capítulo y podrán estar a lo siguiente:
[...]
ES QUE DESDE QUE EXCEDIÓ DE 4 MILLONES, DEBIÓ DE "CAMBIAR" !!!!!!
SALUDOS
SECCIÓN II
DEL RÉGIMEN INTERMEDIO DE LAS PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Artículo 134. Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00, aplicarán las disposiciones de la Sección I de este Capítulo y podrán estar a lo siguiente:
[...]
ES QUE DESDE QUE EXCEDIÓ DE 4 MILLONES, DEBIÓ DE "CAMBIAR" !!!!!!
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- congresista
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13 años 6 meses antes #87255
por congresista
Respuesta de congresista sobre el tema Re: Ayuda Persona Fisica Regimen INtermedio
cierto LOBOZAC, desde el momento que ya no cumple con la obtencion de $4,000,000.00 anual debe o debió cabiarse de regimen, en el portal del sat en la opcion aumento de obligaciones fiscales.
además sus facturas debe ser CFDI en lugar de comprobante con CBB si es que fuera el caso o seguir emitiendo CFD si hubiera optado pór este comprobante en 2010.
saludos
además sus facturas debe ser CFDI en lugar de comprobante con CBB si es que fuera el caso o seguir emitiendo CFD si hubiera optado pór este comprobante en 2010.
saludos
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- omar_af
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13 años 6 meses antes #87525
por omar_af
Respuesta de omar_af sobre el tema Re: Ayuda Persona Fisica Regimen INtermedio
Que tal !
Coincido con algunos comentarios, sin embargo la ley es muy precisa, dice:
Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00. Si este fue tu caso, podrás terminar el ejercicio en el régimen Intermedio y a partir del ejercicio siguiente deberás tributar en régimen general con todas las obligaciones inherentes a él. La ley en ningun caso dice que en el momento en que rebases los ingresos deberás cambiar de régimen, solo habla del EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR
Saludos !!
Coincido con algunos comentarios, sin embargo la ley es muy precisa, dice:
Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00. Si este fue tu caso, podrás terminar el ejercicio en el régimen Intermedio y a partir del ejercicio siguiente deberás tributar en régimen general con todas las obligaciones inherentes a él. La ley en ningun caso dice que en el momento en que rebases los ingresos deberás cambiar de régimen, solo habla del EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR
Saludos !!
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