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13 años 6 meses antes #87339 por CP_ABB
Mejor consiguete un Contador

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13 años 6 meses antes #87353 por DESVGV
Fiscalmente sé que tanto el IVA como IETU se maneja con flujos de efectivo, pero el ISR tenía la duda de cuando se acumulaba el ingreso, pero leyendo la ley del ISR art. 122 ha quedado claro todo, lo único que queda hacer es llevar muy bien mi contabilidad, papeles de trabajo, cheques, depósitos en las cuentas bancarias para futuras aclaración ante la autoridad. Gracias por su apoyo.

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13 años 6 meses antes #87354 por CPHugoocejo
- No todo es flujo de efectivo en IVA, IETU, puesto hay medios de extinción de obligaciones. ( 1-B LIVA ) ( 6 IETU ).

suerte y saludos

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13 años 6 meses antes #87355 por DESVGV
Sé que esto es otro tema pero estudiando encontré esto de la nota de crédito les dejo el enlace para quien quiera checarlo nunca está de más conocer y saber. Gracias de nuevo. notadecredito.net/

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13 años 6 meses antes - 13 años 6 meses antes #87356 por DESVGV
CPHugoocejo, checare la LIVA Y LIETU, gracias.
Última Edición: 13 años 6 meses antes por DESVGV.

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13 años 6 meses antes #87358 por Gealram
Hola DESVGV.

Respecto a las notas de credito no existe textualmente en ley como tal, habria que relacionar el artículo 29 de la LISR en sus fracciones I y III y los artículos 29, 29-A y 29-B del CFF.

Por otro lado con respecto a lo que comenta Mistico en su Latigazo en la espalda, totalmente de acuerdo, pero alguna decision habras de tomar al respecto con sus pros y sus contras. Ya tienes suficientes opiniones para tomar la decision que mejor convenga. Saludos y suerte

¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.

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