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ERROR EN CONCEPTO IETU ANUAL

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13 años 5 meses antes #87865 por TECNICO
Hola buen dia, espero puedan ayudarme compartiendo su experiencia en el siguiente caso:

En mi anual del 2011 complementaria por dictamen un error de dedo mi hizo colocar un importe que iba en Otras deducciones autorizadas en Perdidas por creditos incobrables por caso fortuito o fuerza mayor en el calculo del Ietu, la cantidad es algo fuerte al rededor de 15 millones, la duda que yo tengo es si puedo presentar una complementaria de la complementaria por dictamen o que puedo hacer para enmendar dicho error.

Muchas gracias por leerme y por sus comnetarios mil gracias mas.

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13 años 5 meses antes - 13 años 5 meses antes #87879 por puma1
Respuesta de puma1 sobre el tema Re: ERROR EN CONCEPTO IETU ANUAL
Que tal TECNICO, para responder a tu pregunta, primero veamos lo que dice el CFF en materia de declaraciones complementarias:

Artículo 32.- Las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas y sólo se podrán modificar por el propio contribuyente hasta en tres ocasiones, siempre que no se haya iniciado las facultades de comprobación.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el contribuyente podrá modificar en más de tres ocasiones las declaraciones correspondientes, aún cuando se hayan iniciado las facultades de comprobación, en los siguientes casos:

I. Cuando sólo incrementen sus ingresos o el valor de sus actos o actividades.
II. Cuando sólo disminuyan sus deducciones o pérdidas o reduzcan las cantidades acreditables o compensadas o los pagos provisionales o de contribuciones a cuenta.
III. Cuando el contribuyente haga dictaminar por contador público autorizado sus estados financieros, podrá corregir, en su caso, la declaración iriginal como consecuencia de los resultados obtenidos en el dictamen respectivo.
IV. Cuando la presentación de la declaración que modifica a la original se establezca como obligación por disposición expresa de Ley.
........................................................................................................


Como puedes ver, existen numerosos requisitos para poder presentar sucesivas declaraciones de complemento, entre los cuales se encuentra, en primerísimo lugar, que no se debe rebasar de tres complementarias, y sólo por excepción se permite presentar más de tres, entre las cuales se encuentra la complementaria por dictamen, pero, de igual modo, si nos damos bien cuenta, no existe una secuencia forzosa qué cumplir en el sentido de que, una vez presentada la complementaria por dictamen, no puedas presentar otra,siempre que no rebases el número límite de declaraciones o cualquiera de los otros supuestos de excepción.

Saludos.

Familia y Conocimiento.
Última Edición: 13 años 5 meses antes por puma1. Razón: Corregir texto

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13 años 5 meses antes #87885 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: ERROR EN CONCEPTO IETU ANUAL
PRIMER PUNTO,

Complementaria por dictamen solo puede haber UNA y ya...

Yo tuve un caso similar, donde la complementaria por dictamen traía un dato erróneo, al querer hacer una compensación me la observaron, y platicándolo con el dictaminador se optó por prensentar una COMPLEMENTARIA (solo complementaria, sin ser nuevamente COMPLEMENTARIA POR DICTAMEN)


Sugiero, que antes de tomar una decisión analices bien tu caso

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13 años 5 meses antes #87889 por TECNICO
Respuesta de TECNICO sobre el tema Re: ERROR EN CONCEPTO IETU ANUAL
Antes que nada muchas gracias por sus aportaciones.

La realidad es que de forma muy personal creo que lo mejor seria esperar a que la autoridad lo detecte ya que es uno de esos errores que no afectan el resultado solo es de concepto.

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