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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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ESCUELA PERSONA MORAL NO CONTRIBUYENTE NO DONATARI

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12 años 8 meses antes #91823 por CPLOPEZNUÑEZ
UNA ESCUELA QUE ESTABA EN 2013 EN EL REGIMEN DE PERSONAS MORALES NO CONTRIBUYENTES Y NO ES DONATARIA, TENDRA QUE TRIBUTAR EN EL REGIMEN GENERAL DE PERSONAS MORALES A PARTIR DE 2014, HAY QUE PRESENTAR AVISO DE AUMENTO O DISMINUCION DE ACTIVIDADES POR ESTE CAMBIO??

CP NARCISO LOPEZ CASTILLEJOS

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12 años 8 meses antes #91825 por Miriam17
Hola!!...aquí copio la regla miscelánea publicada el día 30 de Diciembre....Saludos!!


Escuelas relevadas de presentar aviso de cambio al Régimen General de Ley
I.2.5.16. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26, fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013 tributaban en el Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos y sean identificados como sociedades o asociaciones de carácter civil dedicadas a la enseñanza que no cuenten autorización para recibir donativos deducibles del ISR, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen de General de Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 79, fracción X de la Ley del ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013.
CFF 27, LISR 79, RCFF 25, 26
El siguiente usuario dijo gracias: CPLOPEZNUÑEZ

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12 años 8 meses antes #91826 por CPHugoocejo
No hay obligación al aviso
No es donataria


Bajo lo anterior: tributaras en R.Gral.


saludos
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12 años 8 meses antes #91834 por MISTICO
EL LATIGO………Muy interesante el tema de las escuelas para el 2014 veamos el numeral 79-X de la LISR Vigente para que encuentres la respuesta a tu pregunta además de una lectura obligada al 81 p.p. de la Ley en comento.

Saludos

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12 años 8 meses antes #91864 por CPLOPEZNUÑEZ
LEY ISR 2014.
TÍTULO III
DEL RÉGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
Artículo 79. No son contribuyentes del impuesto sobre la renta, las siguientes personas morales:
X. Sociedades o asociaciones de carácter civil que se dediquen a la enseñanza, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, así como las instituciones creadas por decreto presidencial o por ley, cuyo objeto sea la enseñanza, siempre que sean consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en términos de esta Ley.


Resolución Miscelánea para 2014
Escuelas relevadas de presentar aviso de cambio al Régimen General de Ley

I.2.5.16. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26, fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013 tributaban en el Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos y sean identificados como sociedades o asociaciones de carácter civil dedicadas a la enseñanza que no cuenten autorización para recibir donativos deducibles del ISR, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen de General de Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 79, fracción X de la Ley del ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013.


CFF 27, LISR 79, RCFF 25, 26


Gracias por los comentarios.

CP NARCISO LOPEZ CASTILLEJOS

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12 años 8 meses antes #91866 por CPHugoocejo
Muy bien colega CPLOPEZNUÑEZ.....eso es indagar, estudiar etc.......lo felicito....

saludos

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