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DEDUCCIONES MAYORES ... DEDUCIBLES ?

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12 años 8 meses antes #92172 por JULIO ALCOCER
Mis mejores deseos por este año, para todos.

Mi comentario:
Si el contribuyente es un RIF que si expide comprobantes fiscales con IVA desglosado y exige que los comprobantes correspondientes a sus compras, gastos e inversiones le desglosen el IVA, también tendría saldo a favor de IVA, por lo cual en la práctica sería como un Reg. Intermedio.

Será importante conocer el criterio de la autoridad cuando el contribuyente abandone el RIF por el motivo que sea (superar ingresos, o incremento de algún otro régimen para ISR, etc.) y tenga en el registro de operaciones esa “diferencia” a su favor.
Ejemplo hipotético: Pasar de RIF a Reg. General y la Autoridad le permita deducir dicha “diferencia” en el Reg. General.

No debemos dejar de lado la posible “discrepancia fiscal” que nos pudiera determinar la autoridad, ya que en su portal se van a registrar “Las Cuentas”.

Saludos.

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12 años 8 meses antes #92178 por Alcala
Respuesta de Alcala sobre el tema DEDUCCIONES MAYORES ... DEDUCIBLES ?
Ha y veces que las opiniones y respuestas no son la mejor, para algunos molesta y a otros no, considero que hay que ser sabios para responder, respondiendo de esta manera se expresara lo que se siente sin ofender, a veces creemos que la razón siempre esta de nuestro lado, pero la mejor opinión es la de terceros, y hay que escucharlos y no aferrarse a lo que creemos que es lo correcto.

Un saludo a todo el foro.

Es mejor dar, que recibir.

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12 años 8 meses antes #92204 por LUISCERVERA
TOTALMENTE DE ACUERDO !!!!

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12 años 8 meses antes #92206 por CPHugoocejo
Definitivo colega Alcala, lamentablemente entre muchos se ven como competencia, siendo que la misma "es con ellos mismos", no con los demás, "es donde yace su error ", así que disfrutemos todo, aportando en la medida que se pueda.


saludos

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12 años 8 meses antes #92210 por CPVICENTEM
Hola a todos, respecto de este tema la verdad es que si tiene importancia ya que la disposición dice: Cuando los ingresos percibidos, sean inferiores a las deducciones del periodo que corresponda, los contribuyentes deberán considerar la diferencia que resulte entre ambos conceptos como deducibles en los periodos siguientes..

Ya que para 2015, la reducción no es del 100% y el poco ISR que se generara se podría cubrir con estos conceptos deducibles

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12 años 7 meses antes #92217 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema DEDUCCIONES MAYORES ... DEDUCIBLES ?
Alcala, GRACIAS POR TU OPINIÓN, la razón siempre esta dentro de la Ley, por ello, existen DESDE HACE SIGLOS, LA LEY SUPERIOR, LOS PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO, ETC ETC ETC...

Reza un "principio de la lógica diaria", "No hay nada más difícil que responder a las preguntas de los necios"

Saludos

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