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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Haganme el chin..... favor
- gato_aro
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12 años 7 meses antes #93421
por gato_aro
Haganme el chin..... favor Publicado por gato_aro
estando presentado declaraciones, me encontre con esta novedad.....
Pago Referenciado
Importante Aviso importante
A partir del 1 de febrero, las personas morales deben utilizar el servicio de Declaraciones y Pagos para la presentación de sus declaraciones de pagos provisionales o definitivos de impuestos federales; este servicio ya considera las reformas fiscales para 2014.
Las personas físicas deben utilizar este servicio para declaraciones complementarias y extemporáneas de los ejercicios 2013 y anteriores pero, para 2014, deben usar una herramienta con formatos simplificados que el SAT pondrá a su disposición en marzo.
Pago Referenciado
Importante Aviso importante
A partir del 1 de febrero, las personas morales deben utilizar el servicio de Declaraciones y Pagos para la presentación de sus declaraciones de pagos provisionales o definitivos de impuestos federales; este servicio ya considera las reformas fiscales para 2014.
Las personas físicas deben utilizar este servicio para declaraciones complementarias y extemporáneas de los ejercicios 2013 y anteriores pero, para 2014, deben usar una herramienta con formatos simplificados que el SAT pondrá a su disposición en marzo.
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- CP Alberth
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12 años 7 meses antes #93424
por CP Alberth
Respuesta de CP Alberth sobre el tema Haganme el chin..... favor
Buenas noches, por lo que entiendo entonces,
si todavia tengo que presentar declaraciones de 2012 o 2011 en lugar de presentarlas como esquema anterior (avisos en cero) entonces ahora tengo que hacer pagos referenciados para declarar esos años
, y ahora habra que esperar hasta marzo para la nueva herramienta del sat, mmm no pues ahora si que se pasaron.
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- felipe_casa
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12 años 7 meses antes #93425
por felipe_casa
Respuesta de felipe_casa sobre el tema Haganme el chin..... favor
Hola!!
Las personas físicas deben utilizar este servicio para declaraciones complementarias y extemporáneas de los ejercicios 2013 y anteriores pero, para 2014, deben usar una herramienta con formatos simplificados que el SAT pondrá a su disposición en marzo.
Asi es, y si por alguna razon, algunos clientes aun no daban papeleria de nov y dic 2013, pues a hora a presentar tambien con referenciado.
Las personas físicas deben utilizar este servicio para declaraciones complementarias y extemporáneas de los ejercicios 2013 y anteriores pero, para 2014, deben usar una herramienta con formatos simplificados que el SAT pondrá a su disposición en marzo.
Asi es, y si por alguna razon, algunos clientes aun no daban papeleria de nov y dic 2013, pues a hora a presentar tambien con referenciado.
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- vitofdz
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12 años 7 meses antes - 12 años 7 meses antes #93426
por vitofdz
Respuesta de vitofdz sobre el tema Haganme el chin..... favor
"brinca la tabla"
caray... entonces ahora ya "brincaron" a TODAS las Personas Fisicas, a usar el sistema de "Pagos Referenciados" ???
si un arrendador o un ex-regimen intermedio, no presento su declaracion del mes de Diciembre 2013 a tiempo, y quisiera hoy presentarla... ya no funciona lo de las "hojas de Ayuda" y que vaya al banco y se la reciban ?
o esto sera exclusivamente para los que YA venian presentando sus pagos provisionales en este sistema de Pago Referenciado?
PD: acabo de presentar declaracion en ceros de un arrendador por los meses de oct-nov y dic 2013 y el sistema me la acepto y me dio el comprobante referido.......
sera entonces que esto que aparece en el portal del SAT de hacer pagos provisionales Referenciados anteriores a 2013, sea exclusivamente para los que YA venian haciendo estos pagos en este sistema ????
caray... entonces ahora ya "brincaron" a TODAS las Personas Fisicas, a usar el sistema de "Pagos Referenciados" ???
si un arrendador o un ex-regimen intermedio, no presento su declaracion del mes de Diciembre 2013 a tiempo, y quisiera hoy presentarla... ya no funciona lo de las "hojas de Ayuda" y que vaya al banco y se la reciban ?
o esto sera exclusivamente para los que YA venian presentando sus pagos provisionales en este sistema de Pago Referenciado?
PD: acabo de presentar declaracion en ceros de un arrendador por los meses de oct-nov y dic 2013 y el sistema me la acepto y me dio el comprobante referido.......
sera entonces que esto que aparece en el portal del SAT de hacer pagos provisionales Referenciados anteriores a 2013, sea exclusivamente para los que YA venian haciendo estos pagos en este sistema ????
Última Edición: 12 años 7 meses antes por vitofdz. Razón: agregar texto
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- felipe_casa
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12 años 7 meses antes #93428
por felipe_casa
Respuesta de felipe_casa sobre el tema Haganme el chin..... favor
hola, también estaba tratando de analizar esto de:
para 2014, deben usar una herramienta con formatos simplificados que el SAT pondrá a su disposición en marzo.
Ya estamos en 2014, será que debemos esperar los nuevos formatos????
para 2014, deben usar una herramienta con formatos simplificados que el SAT pondrá a su disposición en marzo.
Ya estamos en 2014, será que debemos esperar los nuevos formatos????
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- CP Alberth
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12 años 7 meses antes #93432
por CP Alberth
Respuesta de CP Alberth sobre el tema Haganme el chin..... favor
Procedimiento para presentar el informe de las razones por las que no se realiza pago de impuestos
II.2.6.5.2. Para los efectos del artículo 31, sexto párrafo del CFF, cuando por alguna de las obligaciones fiscales que esté obligado a declarar el contribuyente mediante el programa “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, a que se refiere la regla II.2.6.5.1., en declaraciones normales o complementarias, incluyendo extemporáneas, no tenga cantidad a pagar derivado de la mecánica de aplicación de ley o saldo a favor, se informará a las autoridades las razones por las cuales no se realiza pago, presentando la declaración de pago provisional o definitivo que corresponda, a través del citado programa, llenando únicamente los datos solicitados por el mismo.
Esto es lo que viene plasmado en la RMF 2014, de ahi lo del mensaje en la pagina del sat.
II.2.6.5.2. Para los efectos del artículo 31, sexto párrafo del CFF, cuando por alguna de las obligaciones fiscales que esté obligado a declarar el contribuyente mediante el programa “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, a que se refiere la regla II.2.6.5.1., en declaraciones normales o complementarias, incluyendo extemporáneas, no tenga cantidad a pagar derivado de la mecánica de aplicación de ley o saldo a favor, se informará a las autoridades las razones por las cuales no se realiza pago, presentando la declaración de pago provisional o definitivo que corresponda, a través del citado programa, llenando únicamente los datos solicitados por el mismo.
Esto es lo que viene plasmado en la RMF 2014, de ahi lo del mensaje en la pagina del sat.
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