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Obligacion de Informativa de Clientes y Proveedore

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12 años 7 meses antes #93638 por CRUZAL
Saludos buena noche, actualmente soy una Escuela que tributaba en el Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos como una S.C. y que no tiene autorización para recibir donativos ... Para este año pasa al Regimen General

Por lo que me surgieron diversas dudas,

Estoy obligado a presentar la informativa de clientes y proveedores..? aqui la cuestion que no la tengo en mi cedula fiscal como Obligación.. aun asi tendría que presentarla?

Para este año 2014. tendré la obligación de presentar pagos provisionales de ISR, pero como calcularia mi coeficiente de utilidad ?? no he visto que halla salido nada en la resolución miscelanea.. o tendría :whistle: que presentar el monto total en la anual ?

Gracias por sus comentarios y sus aportaciones fiscales....

C.P. RAFAEL GUTIERREZ S.

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12 años 6 meses antes - 12 años 6 meses antes #93656 por calpixqui
Buena tarde

CRUZAL2009, usted preguntó lo siguiente:

Estoy obligado a presentar la informativa de clientes y proveedores..? aqui la cuestion que no la tengo en mi cedula fiscal como Obligación.. aun asi tendría que presentarla?

R. Revisa la "Guia de obligaciones", pero veamos, para este 2014 en el Art. 76 de la LISR estan las obligaciones de las PM, lee y te daras cuenta que para 2014 YA NO ESTA LA OBLIGACION DE PRESENTAR LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES.



Para este año 2014. tendré la obligación de presentar pagos provisionales de ISR, pero como calcularia mi coeficiente de utilidad ?? no he visto que halla salido nada en la resolución miscelanea.. o tendría :whistle: que presentar el monto total en la anual ?


R. Y en la regla XXV de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA 2014 esta la respuesta a tu pregunta:

"Para los ejercicios de 2001 a 2013, la utilidad fiscal neta se determinará en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal de que se trate. Asimismo, por dicho periodo se sumarán los dividendos o utilidades percibidas y se restarán los dividendos distribuidos conforme a lo dispuesto en la Ley vigente........................."


Nota: no se te olvide darle una leida a los Efectos contables de la Reforma Fiscal 2014 que estan en este link:
www.cinif.org.mx/imagenes/anuncios/2013d...mulgacion_INIF20.pdf

Saludos.
Última Edición: 12 años 6 meses antes por calpixqui.

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12 años 6 meses antes #93660 por a_cano
Buena tarde:

Conforme a la fracción III, del artículo 101 de la LISR vigente en 2013, las Personas Morales con Fines No Lucrativos, (en este caso la escuela) por el ejercicio 2013, tiene la obligación de presentar en las oficinas autorizadas a más tardar el día 15 de febrero de cada año, declaración en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada integrante.

Además, de acuerdo con el penúltimo párrafo, del artículo en comento, tiene la obligación de presentar declaración anual de ingresos y erogaciones.

Considero que no determina coeficiente de utilidad en los términos del artículo 14 de la LISR, por lo tanto, no realizará pagos provisionales por el primer ejercicio, ya que no tiene coeficiente de utilidad.

Esperemos otros comentarios...

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12 años 6 meses antes #93661 por CRUZAL
Saludos gracias por sus comentarios, en la guía de obligaciones no viene la obligación de presentar Clientes ni proveedores, Mi pregunta sigue en el aire, .... la informativa de 2013 me surge la duda, no tengo en mi cedula dicha obligación... queda en el aire si la presento o no.... como lo mencionas ya para este 2014 ya no lo menciona... agradezco mas comentarios...

C.P. RAFAEL GUTIERREZ S.

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12 años 6 meses antes - 12 años 6 meses antes #93663 por a_cano
Buena tarde:

Mi estimado, te pregunto:

¿Como Persona Moral Con Fines No Lucrativos, (Legislación vigente en 2013), tiene obligación de presentar Dec. Informativa de Clientes y proveedores?

Saludos
Última Edición: 12 años 6 meses antes por a_cano.

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12 años 6 meses antes #93665 por CRUZAL
Saludos, analizando la situación como no presento la DIOT, entonces si tendría la obligación de presentar la informativa de Clientes y Proveedores aun que no la tenga marcada como una obligación... esa seria mi respuesta mas lógica.

C.P. Cano, me retroalimenta? Saludos

C.P. RAFAEL GUTIERREZ S.

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