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Derecho de Alumbrado Público (DAP)
- a_cano
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12 años 6 meses antes - 12 años 6 meses antes #93842
por a_cano
Derecho de Alumbrado Público (DAP) Publicado por a_cano
Buena tarde:
Les agradeceria que me proporcionaran su punto de vista sobre lo siguiente:
La inquietud es sobre el tratamiento fiscal que se le debe dar al Derecho de Alumbrado Público (DAP), ya que únicamente aparece detallado en el “Aviso Recibo” (representación impresa), el cual no sirve para deducir y acreditar fiscalmente, en el comprobante fiscal digital (archivo XML) no viene descrito dicho concepto, se supone que la Comisión Federal de Electricidad actúa como tercero, en un plano de coordinación, en auxilio de la administración pública municipal.
Quedo atento.
Les agradeceria que me proporcionaran su punto de vista sobre lo siguiente:
La inquietud es sobre el tratamiento fiscal que se le debe dar al Derecho de Alumbrado Público (DAP), ya que únicamente aparece detallado en el “Aviso Recibo” (representación impresa), el cual no sirve para deducir y acreditar fiscalmente, en el comprobante fiscal digital (archivo XML) no viene descrito dicho concepto, se supone que la Comisión Federal de Electricidad actúa como tercero, en un plano de coordinación, en auxilio de la administración pública municipal.
Quedo atento.
Última Edición: 12 años 6 meses antes por a_cano.
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12 años 6 meses antes - 12 años 6 meses antes #93843
por BR1
Respuesta de BR1 sobre el tema Derecho de Alumbrado Público (DAP)
Buenas tardes a_cano.
En lo personal, nunca me ha tocado ver en las ciudades donde laboro que CFE cobre el DAP, quizá por que en algunas ciudades se promovieron amparos o en realidad ignoro el porque no aparece en los recibos.
En fin, siendo estricto, para poder deducir, creo que yo procedería a solicitar al Municipio correspondiente tal comprobante, ya que, CFE actúa como "puente" de ese cobro. Tan es así, que como comentas el XML no contiene ese concepto-importe.
Será o no dificil lo anterior, lo ignoro, pero eso haría para tener la tranquilidad de dicha deducción (que creo debe ser un monto consierable para tomarse la molestia de ir a ver si existe ese trámite ante Mpo.)
Un saludo a_cano, siempre te leo muy atento en tus participaciones y comentarios.
En lo personal, nunca me ha tocado ver en las ciudades donde laboro que CFE cobre el DAP, quizá por que en algunas ciudades se promovieron amparos o en realidad ignoro el porque no aparece en los recibos.
En fin, siendo estricto, para poder deducir, creo que yo procedería a solicitar al Municipio correspondiente tal comprobante, ya que, CFE actúa como "puente" de ese cobro. Tan es así, que como comentas el XML no contiene ese concepto-importe.
Será o no dificil lo anterior, lo ignoro, pero eso haría para tener la tranquilidad de dicha deducción (que creo debe ser un monto consierable para tomarse la molestia de ir a ver si existe ese trámite ante Mpo.)
Un saludo a_cano, siempre te leo muy atento en tus participaciones y comentarios.
Última Edición: 12 años 6 meses antes por BR1.
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12 años 6 meses antes - 12 años 6 meses antes #93849
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Derecho de Alumbrado Público (DAP)
Buen día:
Gracias mi estimado BR1...
De acuerdo con información extraída de la Web, los estados que tienen legislado el Derecho de Alumbrado Público (DAP), son: Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.
Saludos
Gracias mi estimado BR1...
De acuerdo con información extraída de la Web, los estados que tienen legislado el Derecho de Alumbrado Público (DAP), son: Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.
Saludos
Última Edición: 12 años 6 meses antes por a_cano.
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12 años 6 meses antes #93853
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Derecho de Alumbrado Público (DAP)
Por estas latitudes tengo entendido existen varios contribuyentes que se ampararon contra el dichoso DAP, incluso se que ganaron el dicho amparo y no pagan en la actualidad el DAP. Según me comento en su momento uno de los que conozco promovieron ese amparo el litigio no corrió a cargo de una firma de abogados local, si no de unos abogados de Jalisco.
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