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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Facilidades Advas Sector Auto transporte Federal

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12 años 6 meses antes #93868 por CRUZAL
Saludos che-cando las Facilidades Administrativas me surgen varias dudas las cuales a continuación las menciono.

Anteriormente para el Pago de ISR se daba en base a flujo de efectivo, para este año 2014 pasara a lo devengado?

La parte de Autotransporte Federal tiene derecho a una deducccion del 8% sobre sus ingresos, la cual podra deducir?

Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal
Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas
2.1. Los contribuyentes, personas físicas y morales, así como los coordinados, dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del ISR por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos realizados a operadores, macheteros y maniobristas, de acuerdo al convenio vigente que tengan celebrado con el IMSS, para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores, en cuyo caso, sólo deberán elaborar una relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate, en los términos en que se elabora para los efectos de las aportaciones que realicen al IMSS

Facilidades de comprobación
2.2. Para los efectos de la Ley del ISR, los contribuyentes a que se refiere la regla 2.1. de esta Resolución, podrán deducir hasta el equivalente a un 8 por ciento de los ingresos propios de su actividad, sin documentación que reúna requisitos fiscales, siempre que

III. Efectúe el pago por concepto del ISR anual sobre el monto que haya sido deducido por este concepto a la tasa del 16 por ciento. El impuesto anual pagado se considerará como definitivo y no será acreditable ni deducible. En el caso de los coordinados o personas morales que tributen por cuenta de sus integrantes, efectuarán por cuenta de los mismos el entero de dicho impuesto


Que pasa con el Transporte Local? pierde ese derecho de deducir el 8% ?

Gracias por sus aportaciones Fiscales

C.P. RAFAEL GUTIERREZ S.

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