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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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compensacion de impuestos
- obrejal
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quiero realizar una compensacion de impuestos de isr a favor del ejerc 2013 para compensarlo con isr e iva del 2014,mi pregunta es si despues de compensarlo, es obligatorio el presentar el aviso de compens ante el sat?? porque segun en la res miscelanea publicada para 2014 queda relevada esta obligacion segun reglas establecidas.
es correcta mi apreciacion???
no debo presentar el aviso?? yo presento pagos referenciados y no caigo en los supuestos establecidos.
gracias.
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alexnl escribió: Compañero, lo que pasa es que las declaraciones anuales tanto de isr como ietu, todavia no se elaboran en lo que llamamos pago referenciado. Y tu saldo a f avor por lo tanto no se manifiesta en el "Servicio de declaraciones y pagos"
Cuando tanto el saldo a favor como la declaracion en que lo compensan estas en pagos referenciados, es cuando no hay obligacion de presentar el a viso de compensacion.
saludos
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gracias.
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- walter
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Como sugerencia, aunque tu saldo provenga de los pagos referenciados, debes presentar los avisos
asi te quitas de broncas con el Sat.
Ahora bien, lo tu pregunta, es correcto tienes que presentar los avisos en los formatos electronicos
establecidos.
Espero te sirva mi comentario
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