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IVA ACREDITABLE Doctores
- Dulm
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12 años 3 meses antes #95777
por Dulm
IVA ACREDITABLE Doctores Publicado por Dulm
Buen día
Que pasa con un doctor que tiene Gastos es correcto que el el IVA ACREDITABLE será deducible de acuerdo el siguiente fundamento
Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
XIV.- Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles.
Artículo 148. Para los efectos de este Capítulo, no serán deducibles
VIII. Los pagos por conceptos de impuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre producción y servicios que el contribuyente hubiese efectuado y el que le hubieran trasladado. No se aplicará lo dispuesto en esta fracción, cuando el contribuyente no tenga derecho al acreditamiento de los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que se hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que corresponden a gastos o inversiones deducibles en los términos de esta Ley.
Gracias esperando sus comentarios
Que pasa con un doctor que tiene Gastos es correcto que el el IVA ACREDITABLE será deducible de acuerdo el siguiente fundamento
Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
XIV.- Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles.
Artículo 148. Para los efectos de este Capítulo, no serán deducibles
VIII. Los pagos por conceptos de impuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre producción y servicios que el contribuyente hubiese efectuado y el que le hubieran trasladado. No se aplicará lo dispuesto en esta fracción, cuando el contribuyente no tenga derecho al acreditamiento de los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que se hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que corresponden a gastos o inversiones deducibles en los términos de esta Ley.
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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12 años 3 meses antes #95779
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema !Bien Llegado a Casa!
Primero lo primero, !Bien Llegado a Casa!
Felicitarte y agradecerte por compartir tus dudas e inquietudes y sobre manera por la forma de plasmar y dejarnos en claro que tienes dudas, pero haz investigado por tu parte. El fundamento y razonamiento es correcto. Los doctores por la prestación de sus servicios al cobrar honorarios no cobran IVA, ya que sus ingresos como bien citas se encuentran exentos del mismo. En consecuencia ellos al tener ingresos exentos no tienen derecho ni necesidad de realizar acreditamiento alguno de IVA. Por lo que todo aquel IVA que lleguen a pagar pasa a ser considerado como gasto deducible, esto en la medida que lo que origina el pago de IVA sea deducible.
Por ejemplo, si adquiere un vehículo y el mismo excede al monto máximo autorizado, el IVA corre la misma suerte, los abogados dicen, el accesorio corre la suerte del principal. El gasto es deducible en su totalidad, el iva pagado se convierte en deducción en su totalidad, el gasto o inversión es parcialmente deducible o de plano es no deducible, entonces el IVA corre la misma suerte.
Felicitarte y agradecerte por compartir tus dudas e inquietudes y sobre manera por la forma de plasmar y dejarnos en claro que tienes dudas, pero haz investigado por tu parte. El fundamento y razonamiento es correcto. Los doctores por la prestación de sus servicios al cobrar honorarios no cobran IVA, ya que sus ingresos como bien citas se encuentran exentos del mismo. En consecuencia ellos al tener ingresos exentos no tienen derecho ni necesidad de realizar acreditamiento alguno de IVA. Por lo que todo aquel IVA que lleguen a pagar pasa a ser considerado como gasto deducible, esto en la medida que lo que origina el pago de IVA sea deducible.
Por ejemplo, si adquiere un vehículo y el mismo excede al monto máximo autorizado, el IVA corre la misma suerte, los abogados dicen, el accesorio corre la suerte del principal. El gasto es deducible en su totalidad, el iva pagado se convierte en deducción en su totalidad, el gasto o inversión es parcialmente deducible o de plano es no deducible, entonces el IVA corre la misma suerte.
El siguiente usuario dijo gracias: cristhina_09
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- cristhina_09
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12 años 3 meses antes #95780
por cristhina_09
Respuesta de cristhina_09 sobre el tema !Bien Llegado a Casa!
hola Contador Sos, buenas tardes
Lo felicito, muchas gracias por compartir sus conocimientos de manera desinteresada, de verdad aprecio mucho todas sus aportaciones y comentarios. Esta explicacion me ha servido de muchisimo.
Un abrazo afectuoso!
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- CPHugoocejo
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- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
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12 años 3 meses antes #95783
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema IVA ACREDITABLE Doctores
La respuesta fue otorgada en forma mas que acertada por el compañero Gil.
Solo me permitiré, exponer lo siguiente:
Para el caso de actos o actividades exentos, por disposición de la ley, no se genera la obligación del pago del impuesto, por lo tanto esta lo siguiente:
a) No se puede efectuar el traslado de un impuesto que en última instancia no se tiene obligación de pagar.
b) Existe imposibilidad jurídica de acreditar el impuesto que se hubiese trasladado al contribuyente o el pagado en la importación, por tener que absorberlo como gasto o costo.
c) Es improcedente cualquier devolución
Solo me permitiré, exponer lo siguiente:
Para el caso de actos o actividades exentos, por disposición de la ley, no se genera la obligación del pago del impuesto, por lo tanto esta lo siguiente:
a) No se puede efectuar el traslado de un impuesto que en última instancia no se tiene obligación de pagar.
b) Existe imposibilidad jurídica de acreditar el impuesto que se hubiese trasladado al contribuyente o el pagado en la importación, por tener que absorberlo como gasto o costo.
c) Es improcedente cualquier devolución
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- Gealram
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12 años 3 meses antes #95784
por Gealram
¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.
Respuesta de Gealram sobre el tema !Bien Llegado a Casa!
Hombre Sos!
Con tu explicación me has dejado catatónico. Excelente!
Muestra de una dicción y profesionalismo envidiable.
En hora buena por eso.
Para cerrar, solo falta que el iniciador del tópico tenga la delicadeza de cuando menos escribir: !Gracias!
Saludos
Con tu explicación me has dejado catatónico. Excelente!
Muestra de una dicción y profesionalismo envidiable.
En hora buena por eso.
Para cerrar, solo falta que el iniciador del tópico tenga la delicadeza de cuando menos escribir: !Gracias!
Saludos
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- Dulm
- Autor del tema
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- Fresh Boarder
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12 años 3 meses antes #95790
por Dulm
Respuesta de Dulm sobre el tema IVA ACREDITABLE Doctores
Gracias por la aclaración
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