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Articulo 33 B) frac II RCFF

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12 años 2 semanas antes #97801 por JMHS3109
Buen día a todos:

Solicito su opinión en la interpretación del Articulo 33 B) frac II RCFF:

II. Integrarse en el libro diario, en forma descriptiva, todas las operaciones, actos o actividades siguiendo el orden cronológico en que éstos se efectúen, indicando el movimiento de cargo o abono que a cada una corresponda, así como integrarse los nombres de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del periodo de registro inmediato anterior, el total del movimiento de cargo o abono a cada cuenta en el periodo y su saldo final.

Es decir que seria:

FECHA CUENTAS SALDO INICIAL DEBE HABER SALDO FINAL
19-Ago-2014 Proveedores 55,500.00 5,500.00 50,000.00
19-Ago-2014 Bancos 528,000.00 5,500.00 522,500.00
Pago CFDI 5frg628-... 5,500.00 5,500.00

Con la siguiente observación:

Si es cronológico, (diario) por lo que en cada, registro se realizaría como en el ejemplo anterior.

Agradezco de antemano sus comentarios.

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12 años 2 semanas antes #97807 por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema Articulo 33 B) frac II RCFF
BUEN DIA;
SE REGISTRAN LAS OPERACIONES DIA A DIA CONFORME A CATÁLOGO Y LISTO
LA INFORMACIÓN DE LA QUE HABLA ESA FRACCIÓN II TE LA DAN LOS MOVIMIENTOS AUXILIARES
DEL CATALOGO EN CUALQUIER SOFTWARE QUE UTILICES PARA DICHO REGISTRO

SALUDOS !!

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12 años 2 semanas antes #97842 por JMHS3109
Respuesta de JMHS3109 sobre el tema Articulo 33 B) frac II RCFF
Buen día:

En resumen:

1.- El libro diario continua como lo conocemos.
2.- lo relativo a los saldos iniciales y finales, lo cumplimos con los auxiliares.

Muchas gracias por tu tiempo en proporcionarme tu opinión.

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Gracias a Foro Kunena