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Y YO DANDOME TOPES EN LA PARED
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11 años 11 meses antes #98242
por CPMoreno
Y YO DANDOME TOPES EN LA PARED Publicado por CPMoreno
Y ahora salen los del SAT que no hay bronca, nos dan chanza hasta enero 2015, con las declaraciónes del RIF
www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normat...o4taRMF_09092014.pdf
Nomas no vayan a salir con recargos y actualizaciónes por las cantidades a pagar.
Saludos
www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normat...o4taRMF_09092014.pdf
Nomas no vayan a salir con recargos y actualizaciónes por las cantidades a pagar.
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11 años 11 meses antes #98244
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Y YO DANDOME TOPES EN LA PARED
Esperemos se haga oficial en DOF, consideramos que así va a ser
Gracias por la información
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11 años 11 meses antes - 11 años 11 meses antes #98245
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Y YO DANDOME TOPES EN LA PARED
"...Los contribuyentes que presenten las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 2014, a más tardar en enero de 2015, no se ubicarán en el supuesto establecido en el artículo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR”...."
Claro que proceden accesorios, ya que la "facilidad" de "OPTAR" por presentar hasta enero, SE REFIERE A QUE SI HACES ESTO, NO TE VAN A MANDAR AL GENERAL
Claro que proceden accesorios, ya que la "facilidad" de "OPTAR" por presentar hasta enero, SE REFIERE A QUE SI HACES ESTO, NO TE VAN A MANDAR AL GENERAL
Última Edición: 11 años 11 meses antes por LOBOZAC.
El siguiente usuario dijo gracias: mikecoz81
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11 años 11 meses antes #98246
por jesus g
Respuesta de jesus g sobre el tema Y YO DANDOME TOPES EN LA PARED
se estan confundiendo algunas persona coincido con don lobo, solo te da la opcion de presentarlos en enero 2015 y seguir en RIF, pero nunca te exenta de no pagar accesorios, puesto que te marca las fechas en las cuales se debio haber presentado el 1er, 2do y 3er bimestre
Cuarto. Para los efectos del artículo Quinto Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 13 de marzo de 2014, la presentación de la declaración que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevará a cabo durante el mes de julio del mismo año, mientras que la presentación de las declaraciones que correspondan al segundo y tercer bimestre de 2014, opcionalmente podrán presentarse en julio, siendo obligatoria su presentación en el mes de agosto de 2014.
Cuarto. Para los efectos del artículo Quinto Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 13 de marzo de 2014, la presentación de la declaración que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevará a cabo durante el mes de julio del mismo año, mientras que la presentación de las declaraciones que correspondan al segundo y tercer bimestre de 2014, opcionalmente podrán presentarse en julio, siendo obligatoria su presentación en el mes de agosto de 2014.
El siguiente usuario dijo gracias: LOBOZAC
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11 años 11 meses antes #98247
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Y YO DANDOME TOPES EN LA PARED
Y SÍGUETE DANDO DE TOPES, PORQUE ESTO ES LO ACTUAL Y VIGENTE
66 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 4 de julio de 2014
Cuarto. Para los efectos del artículo Quinto Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 13 de marzo de 2014, la presentación de la declaración que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevará a cabo durante el mes de julio de mismo año, mientras que la presentación de las declaraciones que correspondan al segundo y tercer bimestre de 2014, opcionalmente podrán presentarse en julio, siendo obligatoria su presentación en el mes de agosto de 2014 . ... Y YA ESTAMOS EN SEPTIEMBRE !!!!!!!
Las declaraciones señaladas en el párrafo anterior, deberán corresponder exclusivamente a cada uno de los bimestres de 2014, sin abarcar ningún otro bimestre.
ESPERAMOS TUS COMENTARIOS CON EL FIN DE HACER MAS DINÁMICO Y PROVECHOSO ESTO
GRACIAS
66 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 4 de julio de 2014
Cuarto. Para los efectos del artículo Quinto Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 13 de marzo de 2014, la presentación de la declaración que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevará a cabo durante el mes de julio de mismo año, mientras que la presentación de las declaraciones que correspondan al segundo y tercer bimestre de 2014, opcionalmente podrán presentarse en julio, siendo obligatoria su presentación en el mes de agosto de 2014 . ... Y YA ESTAMOS EN SEPTIEMBRE !!!!!!!
Las declaraciones señaladas en el párrafo anterior, deberán corresponder exclusivamente a cada uno de los bimestres de 2014, sin abarcar ningún otro bimestre.
ESPERAMOS TUS COMENTARIOS CON EL FIN DE HACER MAS DINÁMICO Y PROVECHOSO ESTO
GRACIAS
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- MISTICO
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11 años 11 meses antes #98252
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Y YO DANDOME TOPES EN LA PARED
DESDE LA OTRA ESQUINA DEL RING……………………….compañeros recordemos que así como los contribuyentes debemos dar importancia a nuestros registros el SATanico lo hace, y por eso el origen de la propuesta en el proyecto:
CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014
MISTICOMENTARIO
Estando en Septiembre cuando los del RIF en sentido estricto ya debieron haber presentado sus tres DECLARACIONES BIMESTRALES A LA FECHA POR 2014, la autoridad por medio de SUS REGISTROS observa que un número considerable de contribuyentes por las razones que mandes no han cumplido con esta obligación en NINGUNO DE LOS BIMESTRE incluso aquellos que las debieron presentar en cero.
Es decir en automático conforme Al numeral 112-VIII 2do.p .De la LEY que cita la CUARTA modificación de R.M. Estarían excluido de seguir tributando en el RIF. En consecuencia tendría que aceptar su fracaso en la propuesta de este nuevo régimen de tributación.
La pregunta lógica que se estará haciendo la autoridad en este momento ¿es como enderezar legalmente para llevar a nuestra nube fiscal de captación a estos renuente a la cultura de la formalidad? Acordémonos que la propuesta del ejecutivo entre otras es no REFORMAS FISCALES EN 2015 pues solo con la FACILIDAD DE PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES PERO SIN EXCEPCION DE RECARGOS y accesorios.
Por supuesto que no se están condonando recargos ni accesorios por las declaraciones omitidas únicamente se está otorgando un plazo para mostrar a un gobierno comprensivo y preocupado por ayudar a cumplir SIN MULTAS a los contribuyentes claro que por supuesto detrás de esto deberá venir una campaña publicitaria para informa en época próxima de elecciones que tenemos el mejor gobierno preocupado por el pueblo.
No manchen.
P.D. DON LOBO le respeto y le admiro como profesional pero no me parece correcto que llene el inicio con dos o tres mensajes seguidos cuando tiene el espacio para hacerlo en uno solo y permitir así que nos enteremos de las demás preguntas sin tener que ir a los foros para ver que tenemos.
Con todos mis respetos y admiración va mi comentario maestro.
Saludos
CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014
MISTICOMENTARIO
Estando en Septiembre cuando los del RIF en sentido estricto ya debieron haber presentado sus tres DECLARACIONES BIMESTRALES A LA FECHA POR 2014, la autoridad por medio de SUS REGISTROS observa que un número considerable de contribuyentes por las razones que mandes no han cumplido con esta obligación en NINGUNO DE LOS BIMESTRE incluso aquellos que las debieron presentar en cero.
Es decir en automático conforme Al numeral 112-VIII 2do.p .De la LEY que cita la CUARTA modificación de R.M. Estarían excluido de seguir tributando en el RIF. En consecuencia tendría que aceptar su fracaso en la propuesta de este nuevo régimen de tributación.
La pregunta lógica que se estará haciendo la autoridad en este momento ¿es como enderezar legalmente para llevar a nuestra nube fiscal de captación a estos renuente a la cultura de la formalidad? Acordémonos que la propuesta del ejecutivo entre otras es no REFORMAS FISCALES EN 2015 pues solo con la FACILIDAD DE PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES PERO SIN EXCEPCION DE RECARGOS y accesorios.
Por supuesto que no se están condonando recargos ni accesorios por las declaraciones omitidas únicamente se está otorgando un plazo para mostrar a un gobierno comprensivo y preocupado por ayudar a cumplir SIN MULTAS a los contribuyentes claro que por supuesto detrás de esto deberá venir una campaña publicitaria para informa en época próxima de elecciones que tenemos el mejor gobierno preocupado por el pueblo.
No manchen.
P.D. DON LOBO le respeto y le admiro como profesional pero no me parece correcto que llene el inicio con dos o tres mensajes seguidos cuando tiene el espacio para hacerlo en uno solo y permitir así que nos enteremos de las demás preguntas sin tener que ir a los foros para ver que tenemos.
Con todos mis respetos y admiración va mi comentario maestro.
Saludos
El siguiente usuario dijo gracias: calpixqui
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