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LOURDESVEGA escribió: Buen dia compañeros y antes que nada les deseo un Feliz Año Nuevo, con una pequeña duda, una persona que cumplio ya los 60 años desde el mes de Agosto desea Jubilarse y seguir percibiendo su sueldo por honorarios, a el le dijeron que no se podia, pero yo estoy con que si, claro siempre y cuando se dedique a una actividad economica distinta a la que venia realizando, el es Socio de la Empresa en la cual laboro mas bien es el Representante Legal, pero ya se va a jubilar el esta solo por Salarios y Dividendos, pero nunca ha recibido Dividendos esta obligacion apenas y se le dio de alta hace 4 meses. se que tendra que acumular los ingresos tanto de Dividendos Jubilaicon y lo que tenga por la actividad economica, yo queria ver si era posible darlo de alta como RIF o por Arrendamiento para no pagar tanto impuesto. es decir aprovechar el beneficio del RIF o la deduccion ciega en su caso. les agradeceria su valiosa asesoria mil gracias
Hola....
Sueldo por Honorarios???
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Ya el buen Daniel te señala y destaca en rojo lo que dices que quiere ser y no puede. Sin tanto cantinflear, los sueldos sueldos son y no deben nombrarse de otra forma. No se pueden percibir pues sueldos por honorarios.
Voy a suponer que tu escenario es el siguiente;
Persona física, de 60 años cumplidos en agosto del 2014. Actualmente afiliado al IMSS en una empresa (SA) de la que funge como representante legal. Por la edad y semanas cotizadas desea obtener pensión, pero desea seguir percibiendo ingresos de esa empresa a la que representa, como ya no va a cobrar por salarios esta buscando que los dineros que actualmente percibe en un futuro tengan otro trato, honorarios por ejemplo. ¿Voy bien o me regreso?
Varias dudas antes de seguirme de frente. ¿Es representante legal para efectos laborales de la empresa?, la sociedad de la que es representante, se rige por consejo de administración o administrador único, esta persona, ¿Ostenta algún cargo en el consejo de administración o es el administrador único?, actualmente, los ingresos que recibe de dicho ente, ¿Son por salarios?
Por su calidad de socio/accionista, esto lo digo en base a que comentas que tiene la clave de dividendos, puede irse ya despidiendo de tributar como RIF, no importa nunca haya cobrado dividendos, simplemente no es factible. Le queda pues por explorar otras opciones para obtener ingresos, desde honorarios asimilados a salarios, honorarios tradicionales y arrendamiento, pero en cada figura va a tener que revisar mas de un detalle, por comentar solo uno, en el caso de arrendamiento, ¿Tiene algo que rentarle a la empresa?, ¿Se lo renta?.
Las preguntas que líneas arriba destaco en color rojo tienen como finalidad la advertir posibles problemas a la hora de tramitar la pensión, ya que el IMSS pudiera considerar que no ha existido subordinación alguna. OJO, dije posibles, no aseguro los vaya a tener, pero me han tocado algunos casos en los que han rechazado la pensión... espero no sea su caso, pero es probable.
Por cierto compañera, no se si ya lo comente con anterioridad, tiene el nombre y apellido de una ex-compañera de la facultad, no digo que usted sea esa persona, señora de toda mi admiración y respeto por cierto, pero si que comparte nombre y apellido.
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