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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Contabilidad electrónica para arrendadores, servic

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11 años 7 meses antes #100535 por Manuelita
Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.

Hola buenas tardes: Tengo una gran duda a partir de 2016 los contribuyentes con actividad empresarial y profesional, asi como los
arrendadores estarán obligados a llevar su contabilidad electrónica, pero cómo se le hace para llevarla en MIs cuentas,he tratado
pero al teclear el RFC del contribuyente me indica que no esta inscrito en RIF, si se supone que puedo llevarla allí, aún y cuando no
sea del régimen de incorporación.

Agradeceré mucho sus comentarios.

Saludos

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11 años 6 meses antes #100549 por CPHugoocejo
Quizás la autoridad esta adecuando lo que comentas....

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11 años 6 meses antes #100556 por asolerv
Manuelita:

Es algo muy complicado lo de llevar en mis cuentas la contabilidad de los ajenos al RIF.

Y es que déjame te hago una pregunta para empezar a pensarlo.

¿Como sabes que tienes registrado en mis cuentas lo del RIF?

Con esto podemos empezar y tal vez podamos encontrar la solución a ese problema.

LCP Antonio Soler Vizcarra
Consultor Empresarial
Mazatlán, Sinaloa, México
El siguiente usuario dijo gracias: Manuelita

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11 años 6 meses antes #100562 por CPHugoocejo
Manuelita

Supongo te refieres a la regla 2.8.1.4....

Creo que ni la autoridad sabe lo que señala en sus reglitas....
El siguiente usuario dijo gracias: Manuelita

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11 años 6 meses antes #100573 por Manuelita
Buen día: Gracias por sus comentarios y la verdad es cierto lo que dicen ustedes,
apenas la autoridad estará adecuando eso en Mis Cuentas, además que vale
más malo por conocido que bueno por conocer si estamos acostumbrados al sistema tradicional
de contabilidad y nos ha funcionado hasta el momento.

Que tengas un excelente día

Saludos

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