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Varias Actividades
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11 años 5 meses antes #101694
por exxiliado2004
Respuesta de exxiliado2004 sobre el tema Varias Actividades
USUFRUCTO.-
La figura del Usufructo bien podría darse también en esta situación. La esposa, propietaria de ciertos departamentos, da el derecho de usufructo al esposo, para que éste disfrute de los beneficios económicos que aquellos le pudieran redituar.
Harry, te sugiero leas la revista PAF609 en ella hay una exposición del usufructo y te daría una idea mas clara.
O mejor, si alguien por acá ha implementado el usufructo y pudiera orientarnos estaría genial.
Saludos!
La figura del Usufructo bien podría darse también en esta situación. La esposa, propietaria de ciertos departamentos, da el derecho de usufructo al esposo, para que éste disfrute de los beneficios económicos que aquellos le pudieran redituar.
Harry, te sugiero leas la revista PAF609 en ella hay una exposición del usufructo y te daría una idea mas clara.
O mejor, si alguien por acá ha implementado el usufructo y pudiera orientarnos estaría genial.
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11 años 5 meses antes #101707
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Varias Actividades
exxiliado2014
Parece que hablamos el mismo idioma......
Porque esa si es una forma correcta: El usufructo.
saludos
Parece que hablamos el mismo idioma......
Porque esa si es una forma correcta: El usufructo.
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- harry
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11 años 5 meses antes #101767
por harry
Respuesta de harry sobre el tema Varias Actividades
Gracias, según el análisis expuesto por el CPHugoocejo y exxiliado2014 lo correcto es El usufructo, donde podre apoyarme en Derecho Capitulo V Los Desmembramientos de la Propiedad:
231. El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos (Art 980 del C. Civil)
Es un derecho real en virtud de que reúne los caracteres de este tipo de derechos.
Es un derecho Temporal porque el usufructuario, es decir, el titular, usa y disfruta de los bienes materia de este derecho solo por tiempo limitado.
Constitución del usufructo. Este derecho puede constituirse: por mandato de ley (usufructo Legal); por contrato(usufructo voluntario); por testamento (usufructo hereditario) y por Prescripción (art. 981 del Código Civil).
en pocas palabras puede hacerse un contrato de usufructo voluntario.
231. El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos (Art 980 del C. Civil)
Es un derecho real en virtud de que reúne los caracteres de este tipo de derechos.
Es un derecho Temporal porque el usufructuario, es decir, el titular, usa y disfruta de los bienes materia de este derecho solo por tiempo limitado.
Constitución del usufructo. Este derecho puede constituirse: por mandato de ley (usufructo Legal); por contrato(usufructo voluntario); por testamento (usufructo hereditario) y por Prescripción (art. 981 del Código Civil).
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11 años 4 meses antes #101816
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Varias Actividades
Es correcto Harry, de acuerdo a tu caso es factible.
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