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SERVICIO DE TAXI Y EL IVA

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11 años 5 meses antes #101519 por frank11
SALUDOS.
LIVA
Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios
V. El transporte público terrestre de personas que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas.
Entonces debo considerar:
1.-El transporte en taxi esta exento si cumple condicion.
2.-El transporte en taxi esta gravado con IVA si no cumple condicion
El tema es :

1.-¿La erogacion a deducir por consumo de gasolina debe incluir o no el Iva pagado?
ART relacionado.
LISR
Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles
XV. Los pagos por concepto de impuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre producción y servicios, que el contribuyente hubiese efectuado y el que le hubieran trasladado. No se aplicará lo dispuesto en esta fracción, cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditar los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que correspondan a gastos o inversiones deducibles en los términos de esta Ley

2.-¿Porque en constancia de situacion fiscal solo se señala en las obligaciones "Pago definitivo bimestral del RIF"?
Gracias por sus comentarios

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11 años 5 meses antes #101526 por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema SERVICIO DE TAXI Y EL IVA
Buen día; Frank tú mismo estás dando la respuesta :

Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles
XV. Los pagos por concepto de impuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre producción y servicios, que el contribuyente hubiese efectuado y el que le hubieran trasladado. No se aplicará lo dispuesto en esta fracción, cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditar los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que correspondan a gastos o inversiones deducibles en los términos de esta Ley

y complementando; únicamente se acredita por actividades gravadas como lo señala la siguiente disposición;


Artículo 5o.- Para que sea acreditable el impuesto al valor agregado deberán reunirse los siguientes requisitos:

I. Que el impuesto al valor agregado corresponda a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta Ley o a las que se les aplique la tasa de 0%. Para los efectos de esta Ley, se consideran estrictamente indispensables las erogaciones efectuadas por el contribuyente que sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta, aun cuando no se esté obligado al pago de este último impuesto. Tratándose de erogaciones parcialmente deducibles para los fines del impuesto sobre la renta, únicamente se considerará para los efectos del acreditamiento a que se refiere esta Ley, el monto equivalente al impuesto al valor agregado que haya sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto al valor agregado que haya pagado con motivo de la importación, en la proporción en la que dichas erogaciones sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta.


Saludos !!

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11 años 5 meses antes #101529 por frank11
Respuesta de frank11 sobre el tema SERVICIO DE TAXI Y EL IVA
GRACIAS Luis por tu opinion
Entonces si el servicio de taxi puede estar gravado bajo cierta condicion, se concluye que:
Si el IVA pagado es susceptible de acreditacion, entonces la erogacion por consumo de gasolina a deducir no debera incluir el Iva pagado, AUN CUANDO EL SERVICIO SE PRESTE EN ZONA URBANA,SUBURBANA O METROPOLITANA EXCLUSIVAMENTE.

¿Alguien ha checado que al momento de dar de alta al RFC o presentar una actualizacion de obligaciones como RIF de un taxista no asigna la obligacion de Iva ?
Entonces no hay congruencia en lo que establece la LIVA y la asignacion de obligaciones al momento de presentar el aviso.

SALUDOS

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11 años 5 meses antes #101542 por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema SERVICIO DE TAXI Y EL IVA
Frank ; Comentas lo siguiente ,

2.-¿Porque en constancia de situacion fiscal solo se señala en las obligaciones "Pago definitivo bimestral del RIF"?
Gracias por sus comentarios


Al parecer es congruente ya que el servicio es exento y no te asignó la obligación de I.V.A. Por lo tanto los gastos son deducibles en su totalidad, osea incluyendo impuestos que te trasladen ya que como vimos solo se acredita por acividades gravadas !!

Saludos !!

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11 años 5 meses antes #101553 por erickorlando
Respuesta de erickorlando sobre el tema SERVICIO DE TAXI Y EL IVA
una pregunta si se esta exento de iva el servicio de taxi porque al momento de declarar aparece el apartado para declarar ingresos por servicios al publico en general, estoy obligado a seleccionar esa parte ya que veo que ahi desglosa en automatico el iva de los ingresos por publico en general.. o solo declaro lo que corresponde a ISR por ser un servicio con publico en general

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