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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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limite de exentos sobrepasa el tope de los 400,000
- majzter
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Espero me ayuden con la siguiente duda:
Una Persona Fisica asalariada con un ingreso anual de $37,971.00, recibe del patron en el 2014 el fondo de pension por $529,111.00 pero en la constancia lo declaran como ingreso exento y no le retuvieron ISR y por parte del salario tampoco hay retencion sino hay subsidio por $2,714.00.
En la constancia declaran los $529,111.00 en el campo de "Monto total de ingresos obtenidos por concepto de prestaciones de prevision social"
A esta persona le dijo su contador que no estaba obligada a presentar declaracion anual porque sus ingresos gravados no rebasan los $400,000.00 pero yo le digo que si debe presentarla porque su total de ingresos si rebasa esa cantidad.
Ustedes que opinan? Cual es el fundamento legal para saber si debe presentarla o no?
Gracias de antemano por sus respuestas.
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- LOBOZAC
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" ... pero yo le digo que si debe presentarla porque su total de ingresos si rebasa esa cantidad. ..."
Y si nos dices cuales son tus artículos-fundamento ?, con gusto ye ayudaríamos a desgajar este asunto
Saludos
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- novelo39
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alguien podría apoyarme con este dato.
saludos,
LAE. Jesus Vidal Novelo
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- CPHugoocejo
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novelo39 escribió: el tope de 400,000 es sobre gravados o sobre el total de ingresos?
alguien podría apoyarme con este dato.
saludos,
¿ Que régimen?
¿ De la estructura de la ley , ¿ cual es la que habla del calculo anual?
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.
El Capítulo se refiere a los ingresos por sueldos, gravados y exentos.
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