- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Calculo PTU de un RIF
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
Menos
Más
11 años 3 meses antes #102585
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Calculo PTU de un RIF
¿ En que momento tienes la utilidad y la autoridad conoce los números ?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- MISTICO
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 835
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes - 11 años 3 meses antes #102590
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Calculo PTU de un RIF
LA DE A CABALLO……………….El artículo 122 de la L.F.T. Establece que el reparto deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes en que deba pagarse el impuesto anual.
Es decir en forma general las PERSONAS MORALES Y LAS FISICAS (SUJETO DEUDOR) deberán entregar en los meses de MAYO (30) Y JUNIO (29) a los TRABAJADORES (SUJETO ACREEDOR) el citado reparto
Ahora bien la autoridad laboral informa a los trabajadores con derecho al reparto de utilidades lo siguiente en prensa nacional el siguiente criterio:
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)
Los trabajadores que laboran para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite es hasta el 29 de junio, estableció la dependencia y precisó que el pago de utilidades no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.
RUMBO AL VESTIDOR
La autoridad laboral que es la encargada de proteger los derechos de los trabajadores simplemente aplica el uso y costumbre de las épocas de pagos de los sujetos deudores y punto. Si existe otro mecanismo de pago ANUAL para efectos fiscales, ese no es mi problema mi numeral 122 sigue vigente y sin cambios, y como lo fiscal no es de mi incumbencia buenas tardes, buenas noches y colorin colorado este cuento se ha acabado y el que avisa no es traidor.
Es decir en forma general las PERSONAS MORALES Y LAS FISICAS (SUJETO DEUDOR) deberán entregar en los meses de MAYO (30) Y JUNIO (29) a los TRABAJADORES (SUJETO ACREEDOR) el citado reparto
Ahora bien la autoridad laboral informa a los trabajadores con derecho al reparto de utilidades lo siguiente en prensa nacional el siguiente criterio:
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)
Los trabajadores que laboran para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite es hasta el 29 de junio, estableció la dependencia y precisó que el pago de utilidades no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.
RUMBO AL VESTIDOR
La autoridad laboral que es la encargada de proteger los derechos de los trabajadores simplemente aplica el uso y costumbre de las épocas de pagos de los sujetos deudores y punto. Si existe otro mecanismo de pago ANUAL para efectos fiscales, ese no es mi problema mi numeral 122 sigue vigente y sin cambios, y como lo fiscal no es de mi incumbencia buenas tardes, buenas noches y colorin colorado este cuento se ha acabado y el que avisa no es traidor.
Última Edición: 11 años 3 meses antes por MISTICO.
El siguiente usuario dijo gracias: antiago
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
Menos
Más
- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102591
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Calculo PTU de un RIF
Bien Místico, usted si entendió por donde iba el " slider ".......porque dicha utilidad en la LISR, te envía derecho a la LFT, lo demás lo comentaste con certeza.
saludos
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- KIKE_CORONA
-
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- El verdadero conocimiento...aun no lo conozco
Menos
Más
- Mensajes: 518
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102645
por KIKE_CORONA
Respuesta de KIKE_CORONA sobre el tema Calculo PTU de un RIF
Y cuando debe pagar su impuesto anual un RIF... ¿Acaso no son pagos definitivos?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
Menos
Más
- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102648
por CPHugoocejo
¿ En donde reflejas la utilidad?
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Calculo PTU de un RIF
KIKE_CORONA escribió: Y cuando debe pagar su impuesto anual un RIF... ¿Acaso no son pagos definitivos?
¿ En donde reflejas la utilidad?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.268 segundos