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PF con Actividad Empresarial y Arrendamiento

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11 años 2 meses antes #102817 por lomflores
Buenas tardes estimados Contadores, les solicito de favor su ayuda y comentarios respecto a la siguiente situación:

Es sobre una persona física que durante años ha tributado en el régimen de arrendamiento, pero en el 2013 decidió lotear y urbanizar un terreno que heredo o le donaron hace años y convertirlo en un condominio. En ese momento le sugirieron que por la venta de lotes tributara en Actividad Empresarial porque se considera como actividad comercial según la fracción II del articulo 75 de Código de Comercio que dice "las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial".

Pero en este año al presentar la declaración anual 2014 surgieron las siguientes dudas:

1. Al tributar en dos regímenes, en los estados financieros que pide el DeclaraSAT para Actividad Empresarial ¿Debe presentarse la información conjuntamente con la de Arrendamiento?

2. ¿Debe seguir tributando en el régimen de Actividades Empresarial por la venta de los lotes del Condominio?, o ¿es el régimen de Enajenación de Bienes el que correctamente le corresponde?

Por su atención y respuesta les expreso mis agradecimientos.

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11 años 2 meses antes #102824 por asolerv
lomflores:

Para contestar tus interrogantes, te comento lo siguiente:

1 La información se presenta por capítulo, es decir, lo referente a la actividad empresarial va al capítulo II y el arrendamiento al capítulo III, al final de periodo, el sistema junta los ingresos y hace un solo cálculo del ISR.

2 Respecto a esta pregunta, en mi opinión es correcto el registro en actividad empresarial, ya que aunque es solo un terreno el que va a vender, la utilidad la va a prorratear en varios años, no creo que lo venda todo el primer año.

El capítulo de enejenación de bienes es solo para enajenaciones por una sola vez.

LCP Antonio Soler Vizcarra
Consultor Empresarial
Mazatlán, Sinaloa, México

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11 años 2 meses antes #102829 por lomflores
Muchas gracias por su respuesta LCP Antonio Soler, mis dudas surgen porque se llevan dos contabilidades por separado, la de arrendamiento (por el IVA Acreditable) y la de actividad empresarial, pero este año quienes llevan actividad empresarial nos solicitaron las balanzas del año 2014, y entiendo por que para el IVA se deben sumar las dos actividades, pero ellos quieren informar en los estados financieros del DeclaraSAT también lo referente a Arrendamiento.
Respecto al cambio de régimen mi duda surge al realizar la misma consulta a una revista fiscal y ellos me comentaron que el régimen que le correspondía por la venta de lotes es enajenación de bienes, pero solo fundamentaron su respuesta en el Art. 16 del CFF, por ello quería conocer otras opiniones.
Si alguien más hiciera favor de dar su opinión se los agradecería, para aprender más.

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