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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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dudas de principiantes en deducc de automoviles
- vitofdz
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estaba leyendo un articulo en este link: www.alvolante.info/nacionales/solo-se-po...sta-130000-hacienda/
en donde entiendo que "solamente pueden deducirse automoviles que cuesten hasta $130,000." que los que cuesten mas de esa cantidad NO se pueden deducir ... ( eso me da a entender ese articulo )
bien, tenia la idea que si un auto costaba por ejemplo para este 2015, $300,000. se podria adquirir para la empresa, pero solamente su monto original deducible seria $130,000. y de ahi partir para su deduccion via depreciacion año con año , pero que aun y que costar mas de $ 130,000. si se puede comprar ...
ahora me he encontrado tambien esta tabla : www.proceso.com.mx/?p=393678
monto deducible del automovil 2015................. $ 130,000. Art 36 LISR Fracc II
monto deducible del Seguro 2015.................... $ 7,428.57
monto deducible del mantenimiento 2015 .........$ 742.86
mi duda es: quiere decir que independientemente de lo que se pague por el seguro del auto, solo se puede deducir $ 7,428.57 ( esto quizas si lo pueda entender... ) pero el mantenimiento $ 742.86 ??? que es esta cantidad por dia, por mes por año?
agradezco sus aportaciones a mis dudas....
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Lo que pasa es que es lo que mas me llamo la atención...
El ejercicio que realiza y se contempla en el artículo de PROCESO lo que hace es partir del supuesto de haber invertido en un auto con un valor de 175,000.00, por lo que respetando el tope solo deduce 130,000.00, y como lo accesorio corre la suerte del principal, al no ser deducible el cien por ciento, tampoco lo serán al cien por ciento lo que de ello derive.
Entonces el ejercicio numérico es mas o menos de la siguiente forma,
Monto de la inversión 175,000.00, monto máximo deducible 130,000.00, donde 130,000.00 representa 74.28%
Así las cosas, si compro un seguro de 10,000.00 solo puedo deducir el 74.28% del mismo, que vienen a ser, 7,428.57
Si doy un mantenimiento de 1,000.00, solo puedo deducir el 74.28% del mismo, que vienen a ser, 742.86
Es decir, el artículo no plantea que solo puedas deducir un mantenimiento en todo el año por ese monto, si no que de cada mantenimiento que realices solo vas a poder deducir la parte porcentual autorizada. Misma suerte corre el consumo de combustible.
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".... en donde entiendo que "solamente pueden deducirse automoviles que cuesten hasta $130,000." que los que cuesten mas de esa cantidad NO se pueden deducir ... ( eso me da a entender ese articulo )..."
Si fueras tan amable de compartir que parte del artículo te hace llegar a esa conclusión, porque desde en lo personal no llego a esa inferencia. De hecho encuentro claridad desde el título mismo del artículo, mismo que reproduzco a continuación;
"SÓLO SE PODRÁN DEDUCIR AUTOS DE HASTA $130,000: HACIENDA. La Reforma Fiscal que aprobaron los diputados ayer permite, en materia automotriz, la deducibilidad de automóviles con un valor de hasta $130,000 pesos y ya no de $175,000 como antes existía. "
Continuas con tu mensaje y dice;
"bien, tenia la idea que si un auto costaba por ejemplo para este 2015, $300,000. se podria adquirir para la empresa, pero solamente su monto original deducible seria $130,000. y de ahi partir para su deduccion via depreciacion año con año , pero que aun y que costar mas de $ 130,000. si se puede comprar .."
Afirmativo en esa idea, puedes comprar el auto que desees sin importar el valor, fiscalmente solo juega o deduce el monto máximo permitido.
Te recomiendo revises en RLISR el concepto o definición de automóvil, para que no apliques topes a algo que no le corresponda. Dicho de otra forma, no todo lo que tiene 4 ruedas y motor es automóvil, por tanto no todo lo que tiene 4 ruedas y motor tiene tope.
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- vitofdz
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este
es el articulo RISR 3o.-A. Para los efectos de la Ley y de este Reglamento, se entenderá por automóvil aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor.
No se considerarán comprendidas en la definición anterior las motocicletas, ya sea de dos a cuatro ruedas.
encontre esto que me parece interesante..
www.martinezbarron.com.mx/temas-fiscales...e-los-automoviles-2/
y la pregunta seria sigue vigente este criterio para aplicar el "No limite de la deduccion Fiscal " en el asunto de Pick-ups ( porque no se donde buscar o si quizas ya salio otro criterio diferente )?
saludos y gracias por todo
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Le voy a recomendar, sugerir e invitar a que utilizando el buscador interno de los foros de esta nuestra casa, busque en el acervo histórico temas que han sido abordados en el pasado referente al tema. Hubo uno incluso en el que para establecer la diferencia entre una camioneta de carga y un auto nos remitimos a las placas... eso como dato curioso... porque con el criterio que se cita en el artículo que compartes basta... mi invitación y sugerencia va mas que nada encaminada a que puedas concluir que no necesitas andar leyendo artículos en otros lados, aquí en esta nuestra casa tenemos la información completa, cosa de utilizar el buscador interno. En serio, es rendir homenaje a todos y cada uno de los compañeros que han aportado sus ideas y comentarios. No tiene pierde. Si por una razón u otra no logras ubicar los mensajes que refiero, con confianza lo haces saber y te apoyo en la búsqueda interna, ya que a mi me fascina revisar mensajes del pasado, aprende uno lo que no tienen idea.
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Esto puede ser de utilidad...
www.aportacionesfiscales.com/index.php/f...nsporte?limitstart=0
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