Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

duda en requerimiento notificado por el SAT

Más
11 años 3 semanas antes #103438 por vitofdz
Buenos dias...

siempre he pensado que cuando un requerimiento de alguna obligacion al contribuyente por parte de el SAT, una vez que se ha notificado ya no hay manera de cancelarlo y solo quedaria esperar la notificacion de la multa... bueno

se me notifico un requerimiento y cuando ya lo firmo de recibido le comento al "notificador" que "pues ni modo" a pagar la multa porque todavia no habia sido presentada la declaracion ni hecho el pago, a lo que me contesto que todavia podia hacer el pago de la declaracion ese mismo dia porque el requerimiento surtia efectos a partir del dia siguiente a su notificacion....

leyendo el parrafo aludido del requerimiento dice;

Para que se cumpla con la(s) obligacione(s) señalada(s) en antecedentes, otorgandole un plazo de 15 dias habiles, contados a partir del dia habil siguiente de la fecha de acuse de recibo de este documento, bajo apercibimiento de que su cumplimiento es independiente de la(s) multa(s) a que se haya hecho acreedor, en su caso, por la commision de las infracciones establecidas en el Art.81 Fracc I del Codigo Fiscal de la Federacion bajo los siguientes supuestos: en el caso de que cumpla con el requerimiento de referencia y presente su declaracion dentro del plazo concedido, la multa sera por cada una de las obligaciones de conformidad con lo dispuesto por el inciso a) de la fraccion I del articulo 82 del Codigo Fiscal de la Federacion; para el caso de que no cumpla con el requerimiento de autoridad y haga caso omiso del mismo, o bien , cumpla con el requerimiento pero presente sus declaracion fuera del plazo establecido en el mismo, se hara acreedor a la multa establecida en el inciso b) del articulo 82 del citado codigo fiscal, por cada una de las obligaciones a que este afecto.


aqui remarco dos frases:
la primera es que se concede plazo y se dice cuando empieza a contar ese plazo...
la segunda es que, hay una condicion para considerar dicho plazo ( que se presente o se cumpla dentro de dicho plazo )

mi pregunta es: estara bien considerar como "expontanea" dicha declaracion si se presenta el mismo dia de notificacion, considerando dichos renglones remarcados... o ya me hago a la idea y espero la multa ???

:silly: :silly: :silly:

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
11 años 3 semanas antes #103439 por LUISCERVERA
Buenso días foro; Que tal compañero, te sugiero le eches un vistazo a este tópico :

www.aportacionesfiscales.com/index.php/f...rio-procede-la-multa

Saludos!!
El siguiente usuario dijo gracias: vitofdz, antiago

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.289 segundos
Gracias a Foro Kunena