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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Ingresos con empresa de cupones de descuento
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Los ingresos por la venta debes considerarlos acumulables en el momento en que efectivamente los percibas. Artículo 102 de Renta
Las personas físicas deducen las adquisiciones que realizan en el momento en que esas son efectivamente erogadas, Artículo 103 fracción II de Renta. Por lo tanto, no existe problema respecto del tiempo en que los bienes sales de manera física del almacén.
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go2099 escribió: Me ofrece una empresa de cupones de descuento vender algunos de mis productos con ellos, formando un combo. Me compran 5,000 combos y me los pagan en un mes en 2 exhibiciones (75% a la firma del contrato y 25% restante dentro de un mes). Qué tratamiento fiscal debo darle a la venta y a mi inventario, si los productos no saldrán del almacen de inmediato, sino en un plazo de un año?. Soy persona física con actividad empresarial. Gracias por su ayuda.
Al momento en que recibas tu cobranza.........acumulas
Al momento en que erogues cheques efectivamente pagados, Transferencias, .........deduces
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